SAP Córdoba 69/2010, 11 de Marzo de 2010
Ponente | FELIPE LUIS MORENO GOMEZ |
ECLI | ES:APCO:2010:225 |
Número de Recurso | 120/2010 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 69/2010 |
Fecha de Resolución | 11 de Marzo de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Córdoba, Sección 3ª |
SECCION Nº 3 DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE CORDOBA
RECURSO:Apelación Sentencias Procedimiento Abreviado 120/2010
ASUNTO: 300265/2010
Proc. Origen: Juicio Rápido 425/2009
Juzgado Origen :JUZGADO DE LO PENAL Nº1 DE CÓRDOBA
Apelante:. Raimundo
Abogado:.FRANCISCO PEREZ ORDOÑEZ
Procurador:.MARIA LUISA LEAL ROLDAN
SENTENCIA Nº 69/10
Iltmos. Srs.:
Presidente:
D. FRANCISCO DE PAULA SANCHEZ ZAMORANO
Magistrados:
D. FELIPE LUIS MORENO GÓMEZ,
D. PEDRO JOSE VELA TORRES
En Córdoba a once de marzo de dos mil diez
Vistos por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los autos de juicio Rapido nº 425/09, seguidos ante el Juzgado de lo Penal nº uno de Córdoba, dimanante de las D. Urgentes nº 136/09 del Juzgado de Instrucción nº seis de Córdoba, por el delito de CONTRA LA SEGURIDAD VIAL, siendo apelante Raimundo, representado por el Procurador Sra. LEAL ROLDAN y defendido por el Letrado Sr. PEREZ ORDOÑEZ, siendo parte el Ministerio Fiscal y ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. FELIPE LUIS MORENO GÓMEZ.
Seguido el juicio por sus trámites, por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez de lo Penal nº UNO de Córdoba se dictó sentencia con fecha 22/10/2009, en la que constan los siguientes Hechos Probados: " Probado y así se declara que el acusado, Raimundo, después de haber ingerido bebidas alcohólicas en cantidad que mermaban sus faucltades para la conducción, circulaba con el vehículo Opel, matrícula RU-....-UH por la carretera A-307, Kilometro, partido judicial de Córdoba, cuando fue detenido por agentes de la Guardia Civil tras cometer una i nfracción de tráfico.
Los agentes observaron en el conductor síntomas extrernos de estar bajo la influencia de bebidas alcohólicas, tales como ojos rojos, pupilas con nistagmos, habla titubeante, fuenrte olor a alcohol, repetición de frases e incapacidad de mantenerse erguido pormlo que se le practicó, con su consentimiento, sendas pruebas de detección alcohólica con etílometro de precisión marca Dragar y que arrojaron un reusltado positivo de 0-86 y 0-79 iligramos de alcohol por litro de aire espirado.
El acusado tiene antecedents penales al estar condenado por un delito contra la seguridad vial por conducción bajo los efectos de bebidas alxcohólicas, senencia de 12 de agosto de 2009 dictada por el Juzgado de Instrucción nº 2 de Peñarroya- Pueblonuevo.
En la expresada sentencia consta el siguiente Fallo: " Que debo condenar y condeno al acusado Raimundo como autor de un delito consumado contra la seguridad vial previsto en el artículo 379.2 del Código Penal, concurriendo circunstancias modiicativas de la resposabilidad penal, cual es la agravante de reincidencia del artículo 22.8 del mismo cuerpo legal, a la pena de CINCO MESES DE PRISION con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho al sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, SI COMO LA PRIVACION DEL DERECHO A CONDUCIR VEHICULOS A MOTOR Y CICLOMOTORES DURANTE TRES AÑOS y al pago de las costas procesales causadas."
Contra dicha sentencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación procesal de Raimundo, que fue admitido. Remitidos los autos a esta Audiencia, se pasaron las actuaciones al Magistrado Ponente para su estudio y resolución.
Se acepta, con las matizaciones que seguidamente se exponen, la fundamentación jurídica de la resolución apelada.
Se expone en el recurso, que ofreciendo el art. 379-2 del C.P . la posibilidad de que se fije en la sentencia unas penas de multa y trabajos en beneficio de la comunidad como alternativa a la pena de prisión; es el caso, que la juzgadora impone esta última sin valorar los motivos tenidos en cuenta...
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