STSJ Comunidad de Madrid , 4 de Abril de 1998

PonenteMARIA ISABEL ALVAREZ TEJERO
Número de Recurso2043/1995
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 4 de Abril de 1998
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso núm. 2043/95 Ponente Sr.: Dª Isabel Alvarez Tejero TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEXTA SENTENCIA Nº 511 Ilmos. Sres.:

Presidente:

D. Carlos Vieites Pérez Magistrados:

Dª. M. Teresa Delgado Velasco D. Carlos Vieites Pérez D. Jesús Cudero Blas D. Francisco de la Peña Elías Dª. Isabel Alvarez Tejero En la villa de Madrid a cuatro de abril de mil novecientos noventa y ocho.

VISTO por la Sala el recurso contencioso administrativo núm. 2043/95 interpuesto por D. Fermín que actúa por sí, contra la resolución de fecha 30 de mayo de 1995 de la Dirección General del Organismo Autónomo Correos y Telégrafos que desestimó el recurso deducido por el interesado frente al acuerdo de mayo de 1996 que denegó su solicitud de que el tiempo de "presencia y espera" en el lugar de destino de las líneas ambulantes se compute como jornada de trabajo, con abono de las cantidades correspondientes; habiendo sido parte la Administración demandada, representada por el Abogado del Estado

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley de esta Jurisdicción, se emplazó a la parte actora para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó de aplicación suplicaba se dicte sentencia por la que se reconozca, al recurrente a todos los efectos los tiempos de presencia y espera, con abono de las cantidades devengadas por tal concepto.

SEGUNDO

El Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicaba se dicte sentencia que confirme en todos sus extremos la resolución recurrida.

TERCERO

Finalizada la tramitación, para votación y Fallo del presente recurso se señaló la audiencia del día 3 de abril de 1998 teniendo así lugar.

Siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sra Dña Isabel Alvarez Tejero, que expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

A través del presente recurso se impugna la resolución de fecha de septiembre de 1995 de la Dirección General del organismo Autónomo Correos y Telégrafos que desestimó el recurso de reposición deducido por D Fermín el acuerdo de 30 de mayo de 1998 que denegó su petición de reconocimiento y abono como jornada de trabajo del tiempo de "presencia y espera", en el lugar, de destino de las Líneas. Ambulantes (coches-correo de los trenes).

Aduce el recurrente, funcionario de Correos con destino en las Líneas Ambulantes que en razón de tal actividad se produce un incremento de su permanencia en el servicio como consecuencia de los tiempos de espera en los puntos de destino tiempo que, a su juicio, debe tener la consideración de jornada de trabajo. Por ello, invocando el principio constitucional de igualdad con apoyo en dos sentencias -una de la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo, de la antigua Audiencia Territorial de Barcelona y otra, de la...

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