STSJ Comunidad de Madrid , 24 de Marzo de 1998

PonenteMARIA VIRGINIA GARCIA ALARCON
Número de Recurso6168/1997
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución24 de Marzo de 1998
EmisorSala de lo Social

Ilmo. Sr. Don MARCIAL RODRÍGUEZ ESTEVAN PRESIDENTE Ilma. Sra. Doña JOSEFINA TRIGUERO AGUDO Ilma. Sra. Doña M. VIRGINIA GARCÍA ALARCÓN En Madrid, a veinticuatro de marzo de mil novecientos noventa y ocho, La Sala de lo Social del Tribunal, Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA: 256 En el recurso de suplicación número 6168/97, Sección Segunda, interpuesto por DON Luis Angel , frente a la sentencia número 254/97, dictada por el Juzgado de lo Social número Ocho de los de Madrid, el día 15 de septiembre de 1997, en los autos número 297/97 , siendo ponente la Ilma. Sra. Doña M. VIRGINIA GARCÍA ALARCÓN.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por el ahora recurrente, por despido, siendo demandados DIRECCION000 .), DIRECCION001 ., DIRECCION002 ., DIRECCION003 ., DIRECCION010 , DIRECCION011 ., Encarna , Jesús Carlos , Eugenio , Diego , Juan , DIRECCION004 ., Concepción , DIRECCION005 . y FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, y en su día se celebró el acto del juicio, habiéndose dictado la sentencia que ahora se recurre, que en su parte dispositiva dice:

"Que estimando como estimo la demanda formulada por D. Luis Angel contra la empresa DIRECCION001 ., debo declarar y declaro la improcedencia del despido del trabajador, condenando a la empresa a la, readmisión inmediata, o a que, si así lo manifiesta por escrito o mediante comparecencia ante este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, indemnice a aquél con la cantidad de 5.911.902 pesetas; así como, en cualquier caso, al pago de los salarios devengados desde el despido hasta la notificación de ésta resolución; y desestimando como desestimo la demanda formulada contra DIRECCION003 ., DIRECCION004 ., DIRECCION000 .), DIRECCION002 .:, DIRECCION005 ., DIRECCION011 ., Jesús Carlos , Eugenio , Diego , Encarna , Juan , Concepción Y DIRECCION010 . de debo absolver y absuelvo a todos ellos de los pedimentos de la demanda.

SEGUNDO

En dicha sentencia y como hechos probados se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- D. Luis Angel vino prestando servicios para la empresa DIRECCION001 . con categoría profesional de Oficial de 2ª, antigüedad de 1 de agosto de 1979 y una retribución mensual prorrateada de

223.033 pesetas.

SEGUNDO

D. Arturo , Delegado de personal de la empresa, por sí mismo y en nombre de los otros dos Delegados de Personal, efectuó requerimiento notarial el 3 de diciembre de 1996 a DIRECCION001 .

para el cumplimiento de lo expresado en el documento nº 2, hoja 202, de la prueba del trabajador que se da por reproducido.

TERCERO

El actor presentó demanda de conciliación por cantidades adeudadas, contra los hoy demandados, el 7 de febrero de 1997 y demanda de extinción del contrato de trabajo por voluntad del trabajador el 17 de febrero de 1997. El resto de los trabajadores formularon igualmente demanda de extinción de sus contratos de trabajo.

CUARTO

El 21 de febrero de 1997 DIRECCION001 ., actuando en su nombre D. Jesús Carlos , y los Representantes de los trabajadores alcanzaron acuerdo para el pago de cantidades adeudadas según figura en el documento nº 15 del trabajador que se da por reproducido. Previamente, la empresa había solicitado expediente de regulación de empleo en fecha 30 de enero de 1997 del que desistió en el mes de marzo al haber alcanzado el anterior Acuerdo, por el que los trabajadores se comprometieron también a no continuar en su pretensión de extinción de los contratos de trabajo.

QUINTO

El 9 de mayo de 1997 el actor presentó nueva demanda de conciliación para extinción del contrato de trabajo por voluntad del trabajador y el 7 de mayo de 1997 demanda de conciliación en reclamación de cantidad. El 12 de junio de 1997 presentó nuevamente demanda de conciliación para la extinción del contrato de trabajo por voluntad del trabajador.

SEXTO

En el mes de junio de 1997 la empresa y los representantes de los trabajadores suscribieron el protocolo de actuación que como documento nº 15 de aquella se da por reproducido a consecuencia del cual la empresa procedió al despido de todos sus trabajadores alegando incumplimiento de éstos y habiendo tenido conocimiento todos ellos de la negociación previa y del deferido protocolo.

SÉPTIMO

El actor le fue comunicado su despido el 3 de junio de 1997, haciéndolo mediante escrito que se incorpora a los autos como folio nº 73. Contra ésta presentó papeleta de conciliación el 12 de junio de 1997, celebrándose sin avenencia el preceptivo acto de conciliación ante el SMAC con DIRECCION001 .

y sin efecto con el resto de los demandados que no comparecieron, el 27 de junio de 1997.

OCTAVO

En escritura pública otorgada ante Notario el 25 de junio de 1997, y respecto de los trabajadores Dª. Cecilia , D. Luis , D. Luis María , D. Miguel Ángel , Dª. Rosario y Dª. Ana , DIRECCION001 .

reconoció la improcedencia de sus despidos, comprometiéndose a abonar la correspondiente indemnización con fórmula de pago consistente en doce plazos iguales de 15 de julio de 1997 a 15 de junio de 1998 y estableciéndose como garantía el afianzamiento solidario de D. Jesús Carlos y Dª. Concepción ; y prenda sobre los 183.379 participaciones sociales de ambos en la compañía DIRECCION011 . El resto de los trabajadores, excepto el hoy demandante, se han incorporado a la entidad DIRECCION010 .

NOVENO

DIRECCION001 . ha reconocido en el acto del juicio oral la improcedencia del despido del actor.

DÉCIMO

DIRECCION001 . fue constituida en escritura pública otorgada el 7 de marzo de 1966 siendo socios fundadores D. Jesús Carlos con 102 acciones, D. Ricardo con 49 y D. Juan María otras 49 acciones. Desde el año 1984 fue Presidente del Consejo de Administración y Consejero Delegado D. Diego . En Junta General Ordinaria celebrada el 26 de junio de 1992 se amplió el capital suscrito en 680 acciones por D. Jesús Carlos y en 40 acciones cada uno D. Eugenio , Dª. Encarna y D. Diego siendo además Presidente del Consejo de Administración D. Jesús Carlos . Su actual domicilio se encuentra en carretera de San Martín de Valdeiglesias Km. NUM000 , Alcorcón, y su objeto social es la fabricación de muebles metálicos y de estructura de alambre, así como la realización de todas aquellas operaciones que sean accesorias o complementarias de dicha actividad.

El 21 de noviembre de 1996 D. Eugenio renunció al cargo de Vocal del Consejo de Administración de DIRECCION001 .

UNDÉCIMO

DIRECCION005 . fue constituida en escritura pública otorgada el 31 de enero de 1966 siendo socios fundadores D. Jesús Carlos con 950 acciones, D. Leonardo 25 y Dª. Magdalena otras 25. D. Jesús Carlos , Administrador único de la sociedad, cesó en su cargo el 16 de julio de 1984. En el mes de octubre de 1984 la sociedad presentó solicitud de suspensión de pagos, dictándose Auto por el Juzgado de

  1. Instancia nº 10 de Madrid el 18 de mayo de 1985 , que declaró a aquélla en situación legal de suspensión de pagos; sin que conste actividad de la empresa con posterioridad a ella.

DECIMOSEGUNDO

DIRECCION004 . fue constituida en escritura pública otorgada el 15 de marzo de 1996, siendo socios fundadores D. Jesús Carlos con 200 participaciones, Dª. Concepción con 150 y D. Juan con 150. Desde diciembre de 1996 es Administrador único D. Juan y desde abril de 1997 es administrador solidario Dª. Carolina que se integra como socia con 500 participaciones.

El objeto social es la promoción. Venta y distribución y mantenimiento de muebles de cocina, electrodomésticos, menaje del hogar, baños, armarios empotrados y mercancías similares y su domicilio Carretera de San Martín de Valdeiglesias Km. NUM000 .

DECIMOTERCERO

DIRECCION000 . fue constituida en escritura pública otorgada el 16 de octubre de 1981, siendo socios fundadores D. Jesús Carlos 510 acciones, Dª. Concepción 470 y D. Eugenio 20.

Desde el 6 de diciembre de 1985 es Administradora única D. Encarna , siendo apoderado D. Jesús Carlos .

En Junta General de 26 de junio de 1992 para adaptación a la nueva Ley de Sociedades Anónimas quedó constituido un nuevo accionariado con D., Jesús Carlos 3.796 acciones, D. Concepción 1971, D. Eugenio 511, Dª. Encarna 511 y D. Diego 511, siendo Administradora única Dª. Encarna . El objeto social es la comercialización, promoción venta y distribución, arrendamiento y mantenimiento de muebles de cocina, electrodoméstico, menaje del hogar y mercancías similares; con domicilio inicial en calle DIRECCION006 n°

NUM001 de Madrid y actual de Avenida DIRECCION007 n° NUM002 Madrid.

DECIMOCUARTO

DIRECCION002 . fue constituida en escritura pública otorgada el 3 de abril de 1987- siendo socios fundadores D. Marcelino con 25 acciones, D. Luis Miguel 25, Dª. Filomena 25 y D. Cristobal 25, siendo este último Presidente del Consejo de Administración. El 9 de mayo de 1991 entraron como socios D. Diego con 400 acciones y D. Eugenio con 500; siendo ambos Administradores solidarios y el primero de ellos Administrador único desde el 25 de octubre de 1996. Su objeto social es la fabricación, compraventa, montaje é instalación de toda clase de mobiliario de cocina y doméstico, así como la comercialización y distribución del expresado mobiliario de aparatos electrodomésticos y de productos derivados del corcho.. Su domicilio se encuentra en Polígono Industrial de Brúñete, calle DIRECCION008 NUM003 .

DECIMOQUINTO

DIRECCION003 . fue constituida en escritura pública otorgada el 22 de enero de 1988 siendo socios fundadores D. Octavio con 1600 acciones, D. Eugenio con 1600 y Dª. Asunción con 800, si bien en ampliación de...

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