STSJ Comunidad de Madrid , 16 de Enero de 1998

PonenteRAMON CUETO PEREZ
Número de Recurso189/1995
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución16 de Enero de 1998
EmisorSala de lo Contencioso

LDO. SRA. Pilar Fernández García C/Colegiata. 13-1º Dcha. Madrid 28012 PROC. SR. REF.- RECURSO NUM.- 189/95 PONENTE SR. Ramón Cueto Pérez del E. 1379/95 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SENTENCIA NUM.- 9 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA ILTMO. SR. PRESIDENTE D. Gustavo Lescure Ceñal ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS D. Ramón Cueto Pérez D. Silverio Nieto Nuñez En Madrid, a dieciséis de Enero de mil novecientos noventa y ocho.

Visto el recurso contencioso administrativo que ha correspondido a esta Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, con el número arriba referenciado, interpuesto por D. Silvio , representado y dirigido por la Letrada D§ Pilar Fernández García, contra Resoluciones de la Dirección General de Empleo y Dirección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Madrid, de fechas 22 de Noviembre y 5 de Mayo de 1994, respectivamente, confirmatorias del Acta de Infracción de Empleo número 1497/1994, de 9 de Marzo de 1994, y en el que la Administración demandada ha estado representada y defendida por la Abogacía del Estado. Siendo la cuantía del recurso de 3.080.160 pts.

ANTECEDENTES DE HECHO

UNO.- Que la parte indicada interpuso con fecha 27 de Enero de 1995, el presente recurso ante esta

Sala, respecto del acto ,administrativo indicado y admitido a trámite, anunciada su interposición en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, y reclamado el expediente administrativo se entregó a aquélla para que formalizara la demanda, lo que hizo en plazo mediante la exposición de hechos y la fundamentación jurídica que estimó aplicable a su derecho, suplicando la estimación del recurso.

DOS.- Que de la demanda se dio traslado al Sr. Abogado del Estado, quien en nombre de la Administración demandada, contestó la misma con un relato de hechos y argumentación en Derecho que le sirvió para formular su oposición y solicitar la desestimación del recurso.

TRES.- Que la parte demandante en el momento procesal oportuno, solicitó el recibimiento a prueba del recurso, que le fue denegado por Auto de 13 de Marzo de 1996.

CUATRO.- No estimándose oportuna la celebración de vista se formularon en tiempo por las partes procesales conclusiones sucintas, resumiendo sus pretensiones, por lo que los Autos quedaron conclusos para votación y fallo, lo que tuvo lugar el día 15 de Enero de 1998, en el que efectivamente se deliberó, votó y falló, habiéndose cumplido en la tramitación del proceso las prescripciones legales.

Siendo Ponente D. Ramón Cueto Pérez, Magistrado de la Sección

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en este recurso contencioso administrativo...

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