STSJ Canarias , 28 de Julio de 1998

PonenteJOSE MANUEL CELADA ALONSO
Número de Recurso270/1998
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución28 de Julio de 1998
EmisorSala de lo Social

RECURSO NUMERO: 270/98 PRESIDENTE:

ILTMO.SR.DON.JOSE MARIA DEL CAMPO Y CULLEN.

ILTMO.SR.DON.JOSE MANUEL CELADA ALONSO.

ILMA. SRA. Dª Mª DEL CARMEN SANCHEZ PARODI PASCUA.

En Santa Cruz de Tenerife, a, veintiocho de julio de mil novecientos noventa y ocho.

La Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Santa Cruz de Tenerife.

EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 270/98, interpuesto por ambas partes, frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social núm. 1 en los Autos R.- 730/97 en reclamación de RECONOCIMIENTO DE DERECHO Y CANTIDAD, ha sido Ponente el ILTMO. SR. DON JOSE MANUEL CELADA ALONSO.

ANTECEDENTES DE HECHO

S PRIMERO.- Que según consta en Autos, se presentó demanda por DON Carlos Alberto , asistido por DON MANUEL COELLO BATISTA en reclamación de RECONOCIMIENTO DE DERECHO Y CANTIDAD siendo demandado INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL representado por DON JOSE MARIA CASERO ESCALANTE y celebrado juicio y dictada Sentencia, el día 23 de diciembre de 1.997, por el Juzgado de referencia , estimando en parte la demanda formulada por la parte actora.

SEGUNDO

Que en la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

El actor DON Carlos Alberto , nacido el 1-11-26, afiliado a la Seguridad Social, viene percibiendo pensión de jubilación en un porcentaje de 76% de su base reguladora de 40.652 ptas y desde el 1-2-89.-

SEGUNDO

La cantidad de la pensión reconocida ascendía a 30.896 ptas con revalorización de 15.310 ptas y complemento por mìnimos por cónyuge a cargo de 18.299 ptas sumando un total de 64.505 ptas mensuales.- TERCERO.- La Dirección Provincial del INSS por Resolución de 15-5-97, comunica al actor que había percibido en exceso durante el período de 1.1.95 a 31.3.97 un total de 545.779 ptas en concepto de complemento a mínimo cuyo reintegro podría efectuar en el plazo de 60 días a razón de 9.096 ptas que le sería descontado de su pensión.- CUARTO.- El actor presentó declaración de la renta de las personas físicas en los ejercicios 1994 y 1995 y pagos fraccionados en el ejercicio de 1996, declarando en la primera unos ingresos por rendimiento del trabajo de 807.520 ptas y por actividades empresariales la cantidad de 21.894.987 ptas en el ejercicio correspondiente al año 1995, declaro como rendimiento del trabajo 850.659 ptas y por actividades empresariales la suma de 25.900.659 ptas en el último pago fraccionado declaró unos ingresos de 12.294.456 ptas.- QUINTO.- Los anteriores documentos fueron requeridos por la demandada y presentados en el tiempo señalado por el actor.- SEXTO.- Se ha agotado la vía previa administrativa.

TERCERO

Que por el Juzgado de lo Social núm. uno, se dictó Sentencia, cuyo Fallo literal dice:

Que estimando en parte la demanda formulada por DON Carlos Alberto contra el...

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