STSJ Canarias , 29 de Mayo de 1998

PonenteCESAR JOSE GARCIA OTERO
Número de Recurso503/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución29 de Mayo de 1998
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA.- SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO (LAS PALMAS).- Ref: RCA n° 503/96 SENTENCIA 563/98 Ilmos Sres.

Presidente: Don Jesús Suarez Tejera - Magistrados Don César José García Otero.- Don Antonio Doreste Armas.- En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria a veintinueve de mayo de mil novecientos noventa y ocho.- Visto, por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede e Las Palmas, el presente recurso n° 503/96, en el que son partes: como recurrente, don Gerardo , represe tordo por el Procurador don Carmelo Jiménez Rojas y defendido por el Letrado don Gregorio Fontanilla Olmedo; como Administración demandada, la del Estado, representada y asistida par el Letrado del Estado; versando el recurso sobre exención de visado para residencia en España, siendo su cuantía indeterminada.- I.- ANTECEDENTES PRIMERO - Por resolución del Delegado de Gobierno en Canarias de fecha 12 de enero de 1.996, se acordó de negar la petición de exención de visado para trabajo y residencia en España a don Gerardo .- SEGUNDO. - Contra dicha resolución se interpuso recurso contencioso-administrativo por el Procurador don Carmelo Jiménez Rojas en nombre y representación de don Gerardo .- TERCERO - En su momento se formuló la correspondiente demanda en la que se postulaba la declaración de no ser conforme a derecho y anulación de la resolución recurrida, así como el reconocimiento del derecho del recurrente a la exención de visado para la posterior obtención del permiso de trabajo y residencia.- CUARTO.- Por su parte, la Administración demandada se opuso al recurso, pidiendo su desestimación.- QUINTO - Finalizado el periodo probatorio, se dio traslado a las partes para conclusiones, tras lo cual se trajeron los autos a la vista con citación de partes para sentencia, y con señalamiento del veintinueve de mayo del presente año para votación y Fallo.- Fue ponente el Ilmo. Sr. Magistrado don César José García Otero que expresa el parecer unánime de la Sala.- II..-

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

El recurrente impugna el acomodo a la legalidad de la resolución del Delegado del Gobierno que le denegó la exención de visado para residencia en España, al entender aquel que concurrían circunstancias excepcionales para tal exención.- Al respecto trae a colación el reagrupamiento familiar con su mujer e hija de nacionalidad española con quienes reside en Morro Jable (municipio de Pájara) así cono la existencia de un oferta de trabajo como cocinero que le permitirá atender y...

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