STSJ Navarra , 22 de Enero de 1999

PonenteMARIA DEL CARMEN ARNEDO DIEZ
Número de Recurso23/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución22 de Enero de 1999
EmisorSala de lo Social

Proc. nº 1998/00403 - 3 Rollo nº 1999/00023 Sentencia nº 12 Ilmo. Sr. DON VICTOR CUBERO ROMEO PRESIDENTE Ilma. Sra. DOÑA CARMEN ARNEDO DIEZ Ilma. Sra. DOÑA CONCEPCIÓN SANTOS MARTÍN En la Ciudad de Pamplona, a VEINTIDOS DE ENERO de mil novecientos noventa y nueve.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación interpuesto por el ABOGADO DEL ESTADO, en nombre y representación del MINISTERIO DE DEFENSA, frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social nº TRES de los de Navarra, sobre CANTIDAD; ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada DOÑA CARMEN ARNEDO DIEZ, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Ante el Juzgado de lo Social nº Tres de los de Navarra, se presentó demanda por DOÑA Emilia , en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminaba suplicando se dictara sentencia por la que se condene a la demandada a que le reconozca el plus de trabajo peligroso y pague a la actora la cantidad de 1405.752,- ptas., más la cantidad que se vayan devengando mensualmente durante la tramitación del pleito.

SEGUNDO

Admitida a trámite la demanda, se celebró el acto del juicio oral en el que la parte actora se ratificó en la misma, oponiéndose la demandada según consta en el acta extendida a tal efecto por el Sr. Secretario. Recibido el juicio a prueba se practicaron las propuestas y declaradas pertinentes.

TERCERO

Por el Juzgado de instancia se dictó sentencia, cuya parte dispositiva dice: "Que estimo la demanda presentada por DÑA. Emilia contra MINISTERIO DE DEFENSA, y condeno a la Administración demandada a que abone a la actora la suma de 157.898 ptas., por devengo del plus de peligrosidad."

CUARTO

En la anterior sentencia se declararon probados: "PRIMERO: La demandante, Dña. Emilia , presta sus servicios profesionales para el Ministerio de Defensa con la categoría profesional de Ayudante de Cocina, desde el 1 de agosto de 1.997, realizando sus funciones en la Residencia Militar sita en Pamplona.- SEGUNDO: En la Delegación de Defensa de Navarra han existido diversas amenazas de artefactos explosivos, llegando a consumarse un atentado en Octubre de 1.993.- TERCERO: En escrito presentado el 19 de mayo de 1.998 la demandante reclamó se le abonase el complemento salarial de peligrosidad, emitiéndose informe el 14 de mayo de 1.998 por el Comité Provincial de Defensa, en el que se indicaba que la trabajadora realizaba sus actividades en el recinto militar,...

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