ATS, 21 de Septiembre de 2010

PonenteFRANCISCO MARIN CASTAN
ECLIES:TS:2010:11474A
Número de Recurso326/2010
ProcedimientoCASACIóN
Fecha de Resolución21 de Septiembre de 2010
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintiuno de Septiembre de dos mil diez. I. HECHOS

  1. - Por la representación procesal de SOCIEDAD AGRARIA DE TRANSFORMACIÓN Nº 8205 VISONES ALDI, el 26 de Noviembre de 2009, se ha interpuesto recurso de casación contra la Sentencia dictada, en fecha 25 de Septiembre de 2009, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 19ª), en el rollo nº 336/2005, dimanante del juicio ordinario nº 121/2003, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº Uno de Fuenlabrada.

  2. - Por Providencia de fecha 15 de Febrero de 2010 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, habiéndose notificado la misma a las partes litigantes con fecha 17 de Febrero de 2010.

  3. - La Procuradora Dª Teresa Castro Rodríguez, en nombre y representación de SOCIEDAD AGRARIA DE TRANSFORMACIÓN Nº 8205 VISONES ALDI, presentó escrito ante esta Sala con fecha 9 de Marzo de 2010, personándose en calidad de parte recurrente . El Procurador D. Luis José García y Barrenechea, en nombre y representación de Imanol, presentó escrito ante esta Sala con fecha 6 de Abril de 2010, personándose en calidad de parte recurrida .

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de SOCIEDAD AGRARIA DE TRANSFORMACIÓN Nº 8205 VISONES ALDI al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 2º del art. 477.2 de la LEC 2000

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000, entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

  3. - Consecuentemente procede declarar admitido el recurso de casación, dejando sentado el art.

483.5 de la LEC 2000 que contra este Auto no cabe recurso alguno.

  1. PARTE DISPOSITIVA LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de SOCIEDAD AGRARIA DE TRANSFORMACIÓN Nº 8205 VISONES ALDI, contra la Sentencia dictada, en fecha 25 de Septiembre de 2009, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 19ª), en el rollo nº 336/2005, dimanante del juicio ordinario nº 121/2003, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº Uno de Fuenlabrada.

  2. ) De conformidad y a los fines dispuesto en el art. 485 LEC 2000, entréguese copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

  3. ) Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

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