STSJ Galicia , 22 de Julio de 1999

PonenteJOSE MARIA ARROJO MARTINEZ
Número de Recurso5743/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución22 de Julio de 1999
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO 02 /0005743 /1996 EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la:

SENTENCIA Nº 570 1.999 Iltmos. Sres.

DON JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ. - PTE. DON CARLOS LÓPEZ KELLER DON JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA En la ciudad de A Coruña, a veintidos de julio de mil novecientos noventa y nueve.

En el proceso contencioso-administrativo que con el número 02 /0005743 11996 pende de resolución de esta Sala, interpuesto por D. Jose Manuel , representado por el Procurador D. JAVIER BEJERANO FERNANDEZ y dirigido por el Letrado D. JUAN JOSE YARZA URQUIZA, contra desestimación presunta por silencio del Recurso ordinario interpuesto el 7 -3 -94 contra acuerdo de la Comisión Provincial de Urbanismo de Pontevedra de 14 -4 -93 que aprobó la normas subsidiarias de planeamiento del Ayuntamiento de Forcarei. Es parte como demandada la CONSELLERIA POLITICA TERRITORIAL, OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA representada y dirigida por EL LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA. Es parte como coadyuvante el AYUNTAMIENTO DE FORCAREI representado por el Procurador D. JOSE MARTIN GUIMARAENS MARTINEZ, dirigido por el Letrado D. ANGEL TEOFILO SUTIL GARCIA. La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, suplica que se dicte sentencia estimando integramente el recurso interpuesto.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la representación de la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicando que se dicte sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Conferido traslado de la demanda a la representación del Ayuntamiento de Forcarei para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicando que se dicte sentencia desestimando el recurso.

CUARTO

Finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y Fallo el día 15 de julio de 1999.

QUINTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO: Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso se dirige contra la desestimación presunta, por silencio administrativo, del recurso ordinario formulado contra acuerdo de la Comisión Provincial de Urbanismo de Pontevedra, de 14 -4 -93, sobre aprobación definitiva de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del Concello de Forcarei.

SEGUNDO

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