STSJ Asturias , 17 de Diciembre de 1999

PonenteCARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ
Número de Recurso1252/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución17 de Diciembre de 1999
EmisorSala de lo Social

Rollo nº 2/1252/99 Autos nº 371/98 Avilés nº 2 Sentencia n° 2576/99 Ilmo.Sr. D. Francisco Javier García Gonzalez Presidente Ilmo.Sr. D. José Alejandro Criado Fernandez Ilma.Sra.Dª Carmen Hilda Gonzalez Gonzalez En Oviedo a diecisiete de diciembre de mil novecientos noventa y nueve.

La sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, y EN NOMBRE DEL REY Ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por el Instituto Nacional de la Salud, contra la sentencia del juzgado de lo Social n° 2 de Avilés, ha sido ponente la Ilma. Sra. Dª Carmen Hilda Gonzalez Gonzalez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por Dª Bárbara , ante el Juzgado de lo Social n° 2 de Avilés en reclamación de complemento de productividad fijo siendo demandado el Instituto Nacional de la Salud y celebrado el acto del juicio oral por el mencionado Juzgado de lo social, se dictó sentencia de fecha seis de octubre de mil novecientos noventa y ocho , por la que se estimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - La demandante Dª Bárbara ; presta servicios por cuenta y orden del INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD, perteneciendo al grupo Auxiliar de la Función Administrativa, con destino actual en el Servicio de Anatomía Patológica del Hospital San Agustín de Aviles, con plaza fija en propiedad.

  2. - Desde el 1 de enero de 1990 hasta el 30 de abril de 1997 ocupó el cargo de jefe de grupo en la Unidad de Dictáfonos del mencionado hospital.

  3. - La actora trabaja en su jornada laboral con un ordenador personal.

  4. - El INSALUD no abonó a la demandante el complemento de productividad-factor fijo, para auxiliares administrativos que realizan funciones de operador de equipos mecanizados.

    El importe mensual a que asciende el mencionado complemento (diferencia entre el importe total del complemento de productividad fijo previsto para el puesto de operador de equipo mecanizado y el previsto para el auxiliar administrativo) en el año 1993 es de 4.197 ptas, en el año 1994, 4.197, en el año 1995, 4.344 ptas. en el año 1996, 4.496 ptas. y en el año 1997, 4.496 ptas.

  5. - Si durante el período de tiempo comprendido entre el mes de marzo de 1993 y abril de 1997, ambos inclusive, a la actora...

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