STSJ Castilla y León , 18 de Enero de 1999

PonenteJUAN MOLINS GARCIA-ATANCE
Número de Recurso910/1998
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución18 de Enero de 1999
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA En la ciudad de Burgos, a dieciocho de Enero de mil novecientos noventa y nueve.

En el recurso de Suplicación número 910/98 interpuesto por la representación letrada de Dª Rebeca , frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de Burgos en autos número 525/98 seguidos a instancia de la expresada recurrente, contra MESTRE CORREDURIA DE SEGUROS, S.L. y D. Gaspar , en reclamación sobre Extinción de Contrato. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. Juan Molins García-Atance que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de referencia, tuvo entrada demanda suscrita por la parte actora en la que solicita se dicte sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el oportuno juicio oral, se dictó sentencia con fecha 13 de Octubre de 1.998 cuya parte dispositiva dice: "

FALLO

.- Que, desestimando la demanda interpuesta por Dª Rebeca , contra la empresa MESTRE CORREDURIA DE SEGUROS, S.L y D. Gaspar , sobre Extinción de Contrato de trabajo, debo absolver y absuelvo a los codemandados de los pedimentos de la demanda."

SEGUNDO

En dicha sentencia, y como hechos probados, se declaraban los siguientes:

"PRIMERO.- Dª Rebeca , viene prestando sus servicios para MESTRE CORREDURIA DE SEGUROS, S.L. y D. Gaspar de forma indistinta desde el 1 de Enero de 1.967, con una categoría profesional de Oficial 1ª

Administrativo y percibiendo un salario mensual prorrateado de 100.856 pts. SEGUNDO.- El 17 de Junio de 1.998, la empresa entrega a la actora carta del siguiente tenor: "Como ya conoces, tu compañera Esther causará próximamente baja en la empresa, razón por la cual se ha contratado a una persona a tiempo parcial.- En vista de la ostensible disminución del volumen de trabajo de la Correduría de Seguros, a partir de la fecha apoyarás el trabajo que realiza la mencionada persona desempeñando, además de las actuales, las siguientes funciones:

- Gestión de tarjetas de transporte.

- Gestión de visados y matriculación de vehículos.

- Gestión de nóminas y seguros sociales.

- Tramitación de partes de I.T. - Gestión de las altas y bajas de trabajadores.

- Gestión de prestaciones de nuestros clientes".

TERCERO

Por sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional de 12 de Marzo de 1.996 se autoriza a la actora- funcionaria del INSS a compatibilizar sus tareas con los servicios en la Correduría. CUARTO.- La actora, antes y después de la Sentencia citada, ha colaborado en la empresa en la tramitación de las prestaciones de Seguridad Social. QUINTO.- Por Sentencia de 24 de Octubre de 1.997, confirmada por Sentencia de 23 de Febrero de 1.998, se declara la nulidad del despido de la actora por existir unidad de empresa entre D. Gaspar y Mestre Correduría de Seguros, S.L., SEXTO.- El 28 de Febrero de 1.998 y el 16 de Julio de 1.998, causan baja en la empresa dos administrativos, contratándose el 20 de Julio de 1.998 a una trabajadora -Dª Melisa , en la actualidad con media jornada.

SEPTIMO

El 13 de Julio de 1.998, se celebró ante la UMAC, Acto de Conciliación, instado el 2 del mismo mes, manifestando la empresa que dejaba sin efecto el contenido del escrito de fecha 17 de Junio, notificado el 18 de Junio de 1.998."

TERCERO

Contra dicha sentencia, interpuso recurso de Suplicación la parte demandante, siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal y comunicada a las partes la designación del Ponente, le fueron, a éste, pasados los autos para su examen y resolución por la Sala.

CUARTO

En la resolución del presente recurso se han observado, en sustancia, las prescripciones legales vigentes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los cuatro primeros motivos de suplicación, formulados al amparo del apartado b) del art. 191 de la Ley de Procedimiento laboral, se dirigen a la revisión del relato fáctico de instancia.

En primer lugar, la parte recurrente pretende añadir un segundo párrafo al hecho probado primero, con el...

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