STSJ Andalucía , 14 de Diciembre de 1999

PonenteMAXIMILIANO DOMINGUEZ ROMERO
Número de Recurso884/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución14 de Diciembre de 1999
EmisorSala de lo Social

Recurso nº 884/99 -J.

Iltmos. Señores:

D. MIGUEL CORONADO DE BENITO D. MAXIMILIANO DOMINGUEZ ROMERO D. VICTOR MARTIN GONZALEZ En Sevilla, a catorce de diciembre de mil novecientos noventa y nueve.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA NUM. 4.364/99 En el recurso de suplicación interpuesto por Marí Jose contra la sentencia del Juzgado de lo Social número DOS de los de CORDOBA; ha sido Ponente el Iltmo. Sr. D. MAXIMILIANO DOMINGUEZ ROMERO, Magistrado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por Marí Jose contra el EXCMO.

AYUNTAMIENTO DE POSADAS, sobre CANTIDAD, se celebró el juicio y se dictó sentencia el trece de enero de mil novecientos noventa y nueve por el Juzgado de referencia, en la que se desestimó la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

""1.-D. Marí Jose , mayor de edad, D.N.I. n. NUM000 , domiciliada en Posadas (Córdoba), prestó servicios como personal laboral para el Excmo. Ayuntamiento de Posadas (Córdoba), domiciliada en Posadas (Córdoba), Plaza del Ayuntamiento n. 1, con la categoría profesional de Auxiliar Administrativo en los siguientes períodos:

-1-7-89 al 31-12-89 - contrato temporal de fomento del empleo -1-1-90 al 3l-l-9l - sin contrato, prestando servicios en la oficina de información juvenil, consumo y absentismo escolar.

-1-11-91 al 31-3-92 - contrato para obra o servicio determinado en la Oficina Municipal de información al consumidor.

-1-4-92 al 10-5-92 - sin contrato -11-5-92 al 11-8-92 - contrato eventual por circunstancias de la producción para prestar servicios en la oficina municipal de información al consumidor.

-11-8-92 al 30-4-93 - sin contrato, prestando servicios en la O.M.I.C. -1-5-93 al 1-8-93 - contrato eventual por circunstancias R.884/99-Sent.4364/99 - F.2º

de la producción -1-8-93 al 30-11-93 - sin contrato prestando servicios en la O.M.I.C. -1-12-93 al 30-11-94 - contrato de fomento del empleo -2-12-94 al 31-3-95 - contrato eventual por circunstancias de la producción -1-4-95 al 15-2-96 - sin contrato, prestando servicios en el hogar del pensionista -16-2-96 al 14-11-96 - contrato temporal a tiempo parcial -15-11-96~ al 31-12-96 - contrato eventual por circunstancias de la producción 2.-El 3-1-97 el Ayuntamiento de Posadas comunicó verbalmente a D. Marí Jose que el contrato había finalizado por cumplimiento del plazo contractual pactado, impugnándose el despido en autos n. 176/97 del Juzgado de lo Social n.3 de Córdoba que finalizaron por sentencia el 18-3-97 en la que se declaraba la improcedencia del despido, declarando indefinido el contrato de trabajo y condenando al Excmo.

Ayuntamiento de Posadas a que optara entre. la readmisión de la actora o el abono de una indemnización ascendente a 1.201.972 pts. y el abono de los salarios de tramitación por importe de 266.910 pts., sentencia que es firme.

  1. -El 25-3-97 el Excmo. Ayuntamiento de Posadas optó por el abono de la indemnización a D. Marí

    Jose .

  2. -D. Marí Jose reclama 1.173.802 pts. por el concepto de perjuicios causados, por el incumplimiento de las obligaciones laborales por el Excmo. Ayuntamiento de Posadas en relación con el contrato de trabajo de la demandante.

  3. -D. Marí Jose percibió...

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