STSJ Andalucía , 9 de Diciembre de 1999

PonenteLUIS HERNANDEZ RUIZ
Número de Recurso655/1998
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 9 de Diciembre de 1999
EmisorSala de lo Social

M. D. SENTENCIA NÚM. 2798/99 Autos 301/97 Granada 5 ILTMO. SR. D. LUIS FELIPE VINUESA PRESIDENTE ILTMO. SR. D. LUIS HERNÁNDEZ RUIZ ILTMO. SR. D. JULIO PÉREZ PÉREZ ILTMO. SR. D. JOAQUÍN L. SANCHEZ CARRION MAGISTRADOS En la ciudad de Granada a nueve de diciembre de mil novecientos noventa y nueve.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, han pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm. 655/98, interpuesto por UNION MUSEBA IBESVICO contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. CINCO de GRANADA en fecha 10 de noviembre de 1.997 ha sido ponente el. Iltmo. Sr. D. LUIS HERNÁNDEZ RUIZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por D. Carlos Alberto en reclamación sobre ACCIDENTE DE TRABAJO contra I.N.S.S., T.G.S.S., UNIÓN MUSEBA IBESVICO y BANCO ESPAÑOL DE CRÉDITO (BANESTO) y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 10 de noviembre de 1.997, por la que estimando la demanda interpuesta por D. Carlos Alberto frente a "Unión Museba Ibesvico. Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social Nº 271", el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, debía declarar que la situación de baja médica en la que se encuentra el actor desde 1 de diciembre de 1.996, es consecuencia de accidente de trabajo, condenando a los nombrados demandados a que estén y pasen por esta declaración, y, además, a la nombrada Mutua, a que abone el Subsidio correspondiente a la situación de Incapacidad temporal por dicha contingencia profesional, conforme a su base reguladora, hasta que concurra causa legal de extinción; todo ello, sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria del Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social. asimismo, debía absolver y absolvía a "Banco Español de Crédito, S.A." (Banesto) de las pretensiones deducidas en su contra.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - D. Carlos Alberto , nacido el 1 de septiembre de 1.952, vecino de Baza (Granada), afiliado a la Seguridad Social, y en alta, en el Régimen General por prestar servicios para "Banco Español de Crédito, S.A." -Banesto-, con la categoría de Técnico de 5, venia desempeñando, desde el 23 de enero de 1.995, el cargo de Jefe de Analista de Riesgos de la Zona Comercial de Baza, de la que dependen las sucursales de "Banesto" en Baza -donde está situado su puesto de trabajo-, de Guadix, Huescar, La Puebla de Don Fadrique, Caniles, Tíjola, Olula del Río, Albox, Antas, Cuevas del Almanzora, Huercal-Overa, Pulpi, Lubrin, Vera, Garrucha y Mojacar, cargo que, incluyendo los desplazamientos a las sucursales que componían la zona, dado el volumen de trabajo, le venía ocupando prácticamente todo el día, en jornadas que se prolongaban por la tarde.

  2. - El 28 de noviembre de 1.996 (en el mes anterior, la base reguladora por contingencia profesional fue de 374.880 Ptas.), a mitad de la mañana, cuando el actor se encontraba en su puesto de trabajo en Baza, realizando el estudio de expedientes, se sintió indispuesto con dolores en el pecho y sudores, por lo que se marchó a su casa, no acudiendo a su trabajo el 29 de noviembre. Este dolor centrotorácico, opresivo, irradiado al cuello y ambas regiones auriculares y brazos, de minutos de duración y con cortejo vegetativo suave, se repitió a las 13 00 horas del 30 de noviembre de 1.996, encontrándose nuevamente en su puesto de trabajo de Baza, del que tuvo que marcharse. El 1 de diciembre de 1.996, fecha en la que es dado de baja, pasando a Incapacidad temporal, situación de la que no consta que haya causado alta en esta fecha, el actor que presentada obesidad moderada, con antecedentes de tabaquismo, hipercolesterolemia y hipertrigliceridomía y sedentarismo, acude por Urgencias al Hospital General Básico de Baza, asintomático en ese momento. A la exploración física: FC 72 X1, TA 170/95. AR: algunos crepitantes bivasales. ACV: R1, ss ++/6 mitral, R2 Abdomen globuloso, sin visceromegalias. MM.II. edemas + 4. SNC: sin hallazgos. Ingreso En reanimación, donde se inició tratamiento convencional con evolución satisfactoria, no angina ni disnea. Las exploraciones complementarias revelaron: Rx de torax: cardiomegalia sin RDFV. EDG: sinusal, necrosis AS evolutiva, isquemia subepicárdica anterior, lateral y lateral alta. Ondas Q no significativas en cara inferior. Ecocardiograma: ventrículo izquierdo hipertrófico, no dilatado, con hipo-acinesia...

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