STSJ Comunidad de Madrid 918/2010, 22 de Julio de 2010
Ponente | ANGELES HUET DE SANDE |
ECLI | ES:TSJM:2010:12716 |
Número de Recurso | 1919/2009 |
Procedimiento | APELACIÓN |
Número de Resolución | 918/2010 |
Fecha de Resolución | 22 de Julio de 2010 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.9
MADRID
SENTENCIA: 00918/2010
SENTENCIA No 918
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN NOVENA
Ilmos. Sres.
Presidente:
D. Ramón Verón Olarte
Magistrados:
Da. Ángeles Huet de Sande
D. Juan Miguel Massigoge Benegiu
D. José Luis Quesada Varea
Dª. Berta Santillán Pedrosa
En la Villa de Madrid, a veintidós de julio de dos mil diez.
Visto por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid el presente recurso de apelación nº 1919/09, interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Dña Esperanza Aparicio Florez, en nombre y representación de D. Gustavo, contra la sentencia dictada en el procedimiento abreviado nº 698/07, por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 14 de Madrid, de fecha 19 de junio de 2009.
Con fecha 19 de junio de 2009, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 14 de Madrid dictó sentencia en el procedimiento abreviado nº 698/07, cuyo fallo era del siguiente tenor: «ESTIMAR PARCIALMENTE el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora Dª Esperanza Aparicio Florez, en nombre y representación de D. Gustavo contra la Resolución, de fecha 10 de abril de 2007, dictada por la DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN MADRID, por la que se decreta la expulsión del hoy recurrente con la prohibición de entrada en España por un período de cinco años, ANULÁNDOLA y dejándola sin efecto, por no ser conforme a Derecho, tan solo en el extremo relativo al tiempo de prohibición de entrada en territorio nacional español, que deberá ser de 3 años (tres años); todo ello sin la expresa imposición de las costas procesales de este recurso.»
Contra esta sentencia interpuso recurso de apelación la representación procesal de don Gustavo, presentando la Administración apelada escrito de oposición al mismo y, admitido el recurso por el Juzgado "a quo", fueron remitidas las actuaciones a este Tribunal Superior de Justicia, turnándose a esta Sección.
Con fecha 11 de febrero de 2010, esta Sección Novena dictó providencia en la que se tuvo por personado en forma ante la Sala al apelante, quedando los autos conclusos y pendientes para votación y fallo.
En este estado se señala para votación y fallo el día 22 de julio de 2010, teniendo lugar así.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª. Ángeles Huet de Sande.
Esta apelación proviene del recurso contencioso administrativo interpuesto contra una resolución de la Delegación del Gobierno en Madrid por la que se imponía al recurrente la sanción de expulsión del territorio nacional con la prohibición de entrada en España por un periodo de cinco años. La sentencia apelada anuló dicho acto, exclusivamente, en lo atinente a la prohibición de la entrada en España por un periodo de cinco años, periodo que redujo al mínimo legal de tres años. El mismo recurrente impugna ahora la resolución judicial por incongruencia omisiva dado que también solicitó en la demanda la anotación de dicho pronunciamiento en el Registro Central de Extranjeros y en el fichero «Adextra», cuestión sobre la que no se ha pronunciado el Juez «a quo».
Efectivamente, en el suplico de la demanda se solicitó se dictara sentencia por la que «se declare no ser ajustada a Derecho la anterior resolución y en consecuencia la anule totalmente, dejando sin efecto la expulsión decretada...
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