SAP A Coruña 202/2010, 13 de Mayo de 2010

PonenteMARIA DEL CARMEN ANTONIA VILARIÑO LOPEZ
ECLIES:APC:2010:2310
Número de Recurso516/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución202/2010
Fecha de Resolución13 de Mayo de 2010
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 5ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5

A CORUÑA

SENTENCIA: 00202/2010

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION QUINTA

A CORUÑA

Rollo: 516/09

Proc. Origen: Divorcio nº 37/2009

Juzgado de Procedencia: Juzgado de 1ª Instancia num. 4 Ferrol

Deliberación el día: 6 de abril de 2010

SENTENCIA Nº 202/2010

Ilmos. Sres. Magistrados:

MANUEL CONDE NUÑEZ

JULIO TASENDE CALVO

MARIA DEL CARMEN VILARIÑO LOPEZ

En A CORUÑA, a trece de mayo de dos mil diez.

En el recurso de apelación civil número 516/09, interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Ferrol, en Juicio de Divorcio num. 37/09, seguido entre partes: Como APELANTE: DON Julián, representado por la Procuradora Sra. Flores Rodríguez y como APELADA: DOÑA Emma .- Siendo Ponente el Ilmo. Sr. DOÑA MARIA DEL CARMEN VILARIÑO LOPEZ.

ANTECEDENTES
PRIMERO

Que por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Ferrol, con fecha 19 de mayo de 2009, se dictó sentencia cuya parte dispositiva dice como sigue:

"Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. González Pereira, en nombre y representación de Don Julián y la demanda reconvencional interpuesta por la Procuradora Sra. García Montero, en nombre y representación de Dª Emma, debo decretar y decreto la disolución por divorcio del matrimonio formado por los litigantes, con la adopción, como definitivas, de las siguientes medidas:

  1. Atribución a la esposa Dª Emma del uso y disfrute del domicilio conyugal y del ajuar doméstico existente en el mismo.

  2. establecimiento a cargo del esposo de una pensión compensatoria a favor de la esposa por importe de 200 # mensuales pagadera dentro de los cinco primero días de cada mensualidad en la cuenta bancaria que a tal efecto se designe y actualizable anualmente conforme a las variaciones experimentadas por el IPC o índice económico que lo sustituya. Dicha pensión tendrá una vigencia temporal de cinco años

Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y la comunes por mitad."

SEGUNDO

Que notificada dicha sentencia a las partes, contra la misma se interpuso recurso de apelación por el demandante- reconvenido. Dándose traslado del mismo a las demás partes personadas, y emplazándolas conforme a lo establecido en el artículo 461.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, la demandada-reconviniente presentó escrito de oposición a dicho recurso. De conformidad al artículo 463 de la misma Ley Procesal se remitieron los autos a esta Sección Sexta de la Audiencia Provincial para la resolución del recurso, en donde, recibidos, se formó el rollo de apelación civil número 516/09, señalándose para deliberación, votación y fallo el pasado día 6 de abril de 2010.

TERCERO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto de impugnación el pronunciamiento de la sentencia de instancia por el que se atribuye a la esposa el uso y disfrute del domicilio conyugal y del ajuar doméstico existente en el mismo. Se alega en primer término en el recurso que, al fundamentar las razones por las que se efectúa tal atribución, se habría incurrido en error en la valoración de la prueba partiendo de las manifestaciones realizadas por la esposa de que los padres del esposo no necesitaban la vivienda para atender a las necesidades de su hija deficiente, y de que consentían plenamente que la Sra. Emma continuase a vivir en el inmueble de su propiedad. Se alega además la infracción del artículo 96 del Código Civil aduciendo que la Sra. Emma no sería el interés más necesitado de protección, según se dice, hasta el punto de limitar de por vida el dominio de sus legitimas propiedad a dos ancianos y a su hija deficiente.

El artículo 96 del Código Civil regula la atribución del uso de la vivienda familiar entre los cónyuges en los casos de separación o divorcio, dando preferencia a aquél en cuya compañía queden los hijos, con independencia de que la...

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