STSJ Comunidad Valenciana , 16 de Febrero de 1999
Ponente | JOSE RAMON HERNANDEZ DOLS |
Número de Recurso | 248/1998 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 16 de Febrero de 1999 |
Emisor | Sala de lo Social |
Rec. c/ Auto nº 248/98 Recurso contra Auto núm. 248 de 1.998 Ilmo. Sr. D. Leopoldo Carbonell Suñer Presidente Ilma. Sra. Dª. María Mercedes Boronat Tormo Ilmo. Sr. D. José Ramón Hernández Dols En Valencia, a dieciseis de de Febrero de mil novecientos noventa y nueve La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 460 de 1.999 En el Recurso contra Auto num.248/98, interpuesto contra el Auto de fecha 30 de Junio de 1.998, dictado por el Juzgado de lo Social núm. Uno de Elche, en los autos núm. 602/97 , seguidos sobre Caducidad de Acción , a instancia de D. Armando , a quien asiste el Letrado D. Manuel Plaza Teva, contra BIOCREACIONES DEL CALZADO, S.L. y FONDO DE GARANTIA SALARIAL , y en los que es recurrente el citado demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. José Ramón Hernández Dols.
Que por D. Armando se presentó demanda por Despido el día 24-12- 97, que se registró con el número 602/97, contra la empresa Biocreaciones del Calzado, S.L., alegando haber sido despedido verbalmente con efectos del día 28-11-97.
Que por providencia de fecha 30 de Diciembre de 1.997 se advirtió a la parte actora de que debía aportar, en el plazo de cuatro días, el preceptivo acto de conciliación en el S.M.A.C., con advertencia de archivo
Que por la parte actora se había procedido a presentar papeleta de conciliación en el S.M.A.C. el día 29-12-97, celebrándose el oportuno intento de conciliación el día 14 de enero de 1.998 y teniendo entrada la copia certificada del acta de conciliación el día 16 de enero en el Juzgado de lo Social n° 1 de Elche.
Que por auto de fecha 20-1-98 se tuvo por caducada la acción de despido e interpuesto recurso de reposición por la parte actora, por auto de fecha 30-6-98 se procedió a desestimar el mismo por entender el Juez a quo que habían transcurrido más de veinte días entre la fecha de efectos del despido aducida por la recurrente y la fecha de presentación de la papeleta de conciliación ante el S.M.A.C., auto frente al que se interpone el presente recurso de suplicación.
ÚNICO.- Formula la parte actora su recurso en un único motivo, al amparo de lo dispuesto en el artículo 191-c) de la Ley de Procedimiento...
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