STSJ Comunidad Valenciana , 4 de Febrero de 1999

PonenteMARIANO AYUSO RUIZ-TOLEDO
Número de Recurso4448/1995
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 4 de Febrero de 1999
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO N° 4.448/1.995 SENTENCIA N° 75 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION PRIMERA Ilmos. Sres.

Presidente D. José Díaz Delgado Magistrados D. Salador de Bellmont y Mora D. Mariano Ayuso Ruiz Toledo, En la Ciudad de Valencia a cuatro de febrero de mil novecientos noventa y nueve.

Visto por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso-administrativo N° 4.448 de 1.996, y acumulado, interpuesto por la mercantil "Herbomatic S. L..", representada por la Letrado Sra. Escudero García, contra las Resoluciones del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Valencia de fecha 30 de junio de 1.995, desestimatorias de la reclamaciones n° 46/1845/94 y 45/1844/94, relativas a devolución de ingresos indebidos por Licencia Fiscal de los ejercicios 1.988 y 1.989, habiendo sido parte en los autos la Administración del Estado, representada por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la ley, se emplazó al recurrente para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que suplicó se dictara Sentencia anulando las resoluciones impugnadas.

SEGUNDO

La parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitó se desestimara la misma, por ser los actos impugnados dictados conforme a derecho.

TERCERO

Se recibió el proceso a prueba y se practicó la propuesta por las partes que resultó admitida, emplazándose a las partes para que evacuasen el trámite prevenido en el artículo 78 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y, cumplido el mismo, quedaron los autos pendientes de votación y Fallo.

CUARTO

Se señaló para la votación y fallo del recurso el día 29 de enero de 1.999.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo.. Sr. D. Mariano Ayuso Ruiz Toledo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el presente proceso se resuelve la impugnación formulada por la mercantil "Herbomatic SL..", representada por la Letrado Sra. Escudero García, contra las Resoluciones del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Valencia de fecha 30 de junio de 1.995, desestimatorias de la reclamaciones n° 46/1845/94 y 46/1844/94, relativas a devolución de ingresos indebidos por Licencia Fiscal de los ejercicios 1.988 y 1.989. En las citadas resoluciones impugnadas se confirma el criterio de la Administración tributaria de denegar la devolución de las cantidades ingresadas en 1.989 por el actor, en mérito a las liquidaciones complementarias giradas a los mismos por el ejercicio 1.988 y la mayor liquidación del ejercicio 1.989 en aplicación del Real Decreto 445/1.988 . La pretensión impugnatoria se funda en la procedencia de tal devolución, en razón a la nulidad radical de la norma reglamentaria citada. En las otras reclamaciones se impugnaban apremios dimanantes de idénticas liquidaciones.

SEGUNDO

Sentado lo anterior y siendo indubitada la nulidad radical del Real Decreto 445/1.988 , declarada por el Tribunal Supremo en Sentencias de 17 de mayo de 1.990 (Disposición Final) y 11 de marzo de 1.991 (en su totalidad), se trata de establecer si las cantidades ingresadas en 1.989 en cumplimiento de obligaciones tributarias existentes en razón de tal norma, mediante liquidaciones que fueron consentidas por los actores, es procedente sean objeto de devolución. El criterio de la Administración tributaria, sostenido por el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Valencia, es el de que al haber devenido firmes las liquidaciones no procede la...

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