STSJ Comunidad Valenciana , 29 de Enero de 1999

PonenteJOSE RAMON HERNANDEZ DOLS
Número de Recurso4483/1997
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución29 de Enero de 1999
EmisorSala de lo Social

5 R.C.Sent nº 4.483/97 Recurso contra Sentencia núm. 4.483/97 Presidente En Valencia, a veintinueve de enero de mil novecientos noventa y nueve.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 226 de 1.999 En el Recurso de Suplicación núm. 4.483/97, interpuesto contra la sentencia de fecha 3 de octubre de 1.997, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 12 de Valencia, en los autos núm. 518/97 , seguidos sobre DESPIDO, a instancia de Don Eusebio a quien asiste el Letrado Don Manuel Urbiola Antón, contra New Restaurants Of Spain, S.A. a quien asiste el Letrado Don Felipe Ferreiro González, y en los que es recurrente el demandado antes mencionado, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. José Ramón Hernández Dols.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 3 de octubre de 1.997, dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

"Que estimando la demanda formulada por Eusebio contra la mercantil New Restaurants of Spain S.A., debo declarar y declaro improcedente el despido del demandante de fecha de efectos 19 de enero de 1996, y condeno a la empresa demandada a que a su opción que deberá ejercitar en el plazo de cinco días readmita al actor en su precedente puesto de trabajo o le indemnice en la cantidad de 791.291 ptas. con abono en ambos casos de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de sentencia a razón de 4.774 ptas. salario día.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- El demandante Eusebio nacido el 18 de octubre de 1971, inició en fecha 12 de enero de 1994 la prestación de servicios por cuenta y orden de la empresa New Restaurants Of Spain S.A., establecimiento restaurante de 2ª, en virtud de contrato de trabajo celebrado a tiempo parcial por acumulación de tareas. SEGUNDO.- En fecha 20 de enero de 1994 el demandante suscribe un finiquito de la relación laboral con la empresa demandada siendo dado de baja en Seguridad Social, no obstante lo cual sigue prestando servicios para la empresa demandada, suscribiendo en fecha 20 de julio de 1994 contrato de trabajo de aprendizaje por acumulación de tareas de seis meses de duración inicial, y prorrogado en sucesivas ocasiones, teniendo la última prórroga el 19 de enero de 1.996. TERCERO.- las funciones desempeñadas por el demandante para la empresa demandada consisten en atender a los proveedores, realizar los listados de las ventas, dar instrucciones a los camareros y a los cocineros, guardar el dinero recaudado en la caja de seguridad y custodiar las llaves de las cajas registradoras, de la caja de seguridad, así como las del local siendo encargado de cerrar el mismo. CUARTO.- La categoría profesional por el actor según las hojas de salarios es la de ayudante, percibiendo un salario de 102.416 pesetas mensuales con inclusión de partes proporcionales de pagas extraordinarias. QUINTO.- El Convenio Colectivo intersectorial de hostelería de Valencia y Provincia para el año 1997 , para la categoría de encargado de trabajo (clasificación segunda) de restaurantes de 2ª, fija el salario mensual de 112.666 ptas., la prorrata de pagas extraordinarias en 26.915 ptas. mensuales y la manutención en 3.650 ptas. SEXTO.- La empresa demandada entregó al actor en fecha 2 de julio de 1.997 comunicación...

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