SAP Ciudad Real 313/2004, 24 de Noviembre de 2004

PonenteLUIS CASERO LINARES
ECLIES:APCR:2004:862
Número de Recurso71/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución313/2004
Fecha de Resolución24 de Noviembre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Ciudad Real, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 CIUDAD REAL

SENTENCIA: 00313/2004 AUDIENCIA PROVINCIAL CIUDAD REAL

Sección 1ª

Rollo Apelación Civil 71/04 Autos 406/02

Juzgado: CIUDAD REAL-1

Iltmos. Sres.

Presidente:

D. JOSÉ MARÍA TORRES FERNÁNDEZ DE SEVILLA Magistrados:

D. LUIS CASERO LINARES Dª Mª PILAR ASTRAY CHACÓN

D. ALFONSO MORENO CARDOSO

SENTENCIA Nº 313

CIUDAD REAL, a 24 de Noviembre de 2004.

La Sala, de la Sección Primera 1ª de la Audiencia Provincial de CIUDAD REAL, ha examinado y votado el recurso de apelación admitido a la parte codemandada contra la sentencia dictada en los autos de JUICIO VERBAL 406/2002, procedentes del JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 1 de CIUDAD REAL, a los que ha correspondido el Rollo 71/2004, en los que aparece como parte apelante AREA DE SERVICIOS SEGÓBRIGA, S.A. representada por el Procurador Dª ANA OSSORIO GONZALEZ, y asistida por el Letrado D. LEON ANGEL MARTINEZ MARTINEZ, y como apelado CONSTRUCCIONES Y OBRAS RAUL, S.L., que no ha sido parte en la alzada y CAJA RURAL DE CIUDAD REAL representada por el Procurador Dª MARIA DEL CARMEN BAEZA DÍAZ

PORTALES, y asistida por el Letrado D. LUIS PLAZA LUMBRERAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Sr. Juez del Juzgado 1ª Instancia nº 1 de Ciudad Real se dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: Que desestimando íntegramente la oposición deducida por la Procuradora Sra. Ossorio González, en nombre y representación de "Área de Servicios Segobriga, S.A.", se despecha ejecución a instancia de la entidad "Caja Rural de Ciudad Real, S.C.C.", representada por la Procuradora Sra. Baeza Díaz- Portales, frene a la entidad antes dicha y contra la también mercantil "Construcciones y Obras Raúl, S.L.", por las sumas de 96.161,93 # de principal y otros 29.236.35 # de intereses y costas, sin perjuicio de ulterior liquidación. Se imponen las costas a la demandada que ha formulado oposición.

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes, se interpuso contra la misma recurso de apelación en tiempo y forma por la parte codemandada, admitiéndose el recurso y dándole el trámite pertinente, las partes hicieron las alegaciones que estimaron convenientes en apoyo de sus respectivos intereses, elevándose los autos a la Audiencia y correspondiendo a esta Sección por turno de reporto, se formó el correspondiente Rollo y se turnó la Ponencia, señalándose para la votación y fallo del recurso el día diez del actual.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. LUIS CASERO LINARES.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Contra la sentencia desestimatoria de los motivos de oposición esgrimidos por la Mercantil Segobriga S.A. se presenta por la misma recurso de apelación basado en la infracción del art. 24 de la LCCH, al entender que estamos ante una cesión ordinaria de la letra de cambio lo que permite oponer al cesionario, la demandante Caja Rural de Ciudad Real, las excepciones personales que tuviera con el aceptante librador de...

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