STSJ Cataluña , 18 de Octubre de 1999

PonenteJOSE DE QUINTANA PELLICER
Número de Recurso4879/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución18 de Octubre de 1999
EmisorSala de lo Social

Rollo núm. 4879/1999 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE CATALUNYA SALA SOCIAL IA ILMO. SR. D. JOSÉ DE QUINTANA PELLICER ILMA. SRA. Dª. Mª LOURDES ARASTEY SAHUN ILMO. SR. D. ADOLFO MATIAS COLINO REY En Barcelona a 18 de octubre de 1999 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 7163/1999 En el recurso de suplicación interpuesto por Gloria frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº16 Barcelona de fecha 23 de Noviembre de 1998 dictada en el procedimiento nº 1005/1998 y siendo recurrido/a I.C.S.. Ha actuado como Ponente el/la Ilmo. Sr. D. JOSÉ DE QUINTANA PELLICER .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 10 de Septiembre de 1998 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Despido en general, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 23 de Noviembre de 1998 que contenía el siguiente Fallo:

"Que acogiendo la excepción de caducidad de la acción de despido opuesta por la demandada INSTITUT CATALÀ DE LA SALUT frente a la demanda formulada por Dª Gloria , debo desestimar y desestimo la demanda, absolviendo al demandado sin entrar a conocer del fondo litigioso".

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

  1. - Dª Gloria , con D.N.I. NUM000 , ha prestado sus servicios para la demandada INSTITUT CATALÀ

    DE LA SALUT, desde el 28.5.90, ostentando la categoría profesional de Médico, con una remuneración mensual de 386.477 pts. con inclusión de prorrata de pagas extras.

  2. - En fecha 28.5.90, ambas partes suscribieron contrato de interinidad por ausencia de D. Alfonso , titular de la plaza de Vilafranca del Penedés, Clave nº NUM001 , motivada por comisión de servicios, mientras durara la misma (doc. 5 prueba actora que se da por reproducido).

  3. - Por resolución del I.C.S. de fecha 30.6.98, se acordó dar por finalizada la adscripción temporal en comisión de servicios Don. Alfonso con fecha 15.7.98 (primero) y su reincorporación a su plaza de Tocólogo del CAP Alt Penedés, Clave nº NUM001 con fecha 16 de julio de 1998 (doc. 22 prueba actora).

  4. - En fecha 16.7.98 el Sr. Alfonso , se reincorporó a la plaza nº NUM001 con la categoría de Tocólogo adscrito al CAP Alt Penedés (folio 16 y 23 expte. administrativo).

  5. - En fecha 9.7.98 la actora recibió escrito de la demandada del siguiente tenor:

    "Senyora, us comuniquem que, d'acord amb allò que es preveu a la clàusula setena, punt a) del contracte que teniu subscrit amb nosaltres amb data 28 de maig de 1990, la relació jurídica que es deriva d'aquest restarà extinguida en finalitzar la jornada laboral del dia 15 de juliol de 1998".

    La clàusula Setena a), del contrato expresa: "la relació jurídica derivada de la prestació de serveis, objete d'aquest contracte s'extinguirà per: Incorporació del titular..."

  6. - Hasta mediados de junio del año 1995, la actora prestó sus servicios como Tocoginecóloga en el Ambulatorio de la C/ Bellaterra de Cornellá de LLobregat y posteriormente en el Ambulatorio de Sant Ildefons, sito en la misma localidad.

    A partir de junio/95 ha prestado servicios en el ambulatorio Lluis Millet de Esplugues de Llobregat.

  7. - Contra la notificación de fin de contrato el 9.7.98, con efectos de 15.7.98 formuló la actora reclamación previa el 30.7.98 (doc. 1 de la demanda) y no habiendo...

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