STSJ Comunidad de Madrid , 2 de Noviembre de 1999

PonenteENRIQUE FELIX DE NO ALONSO-MISOL
Número de Recurso3548/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 2 de Noviembre de 1999
EmisorSala de lo Social

REC. NUM. 3548/99.-A SENTENCIA Nº 542/99 ILMO. SR. D. JOSE JOAQUIN JIMENEZ SANCHEZ PRESIDENTE ILMA. SRA. Dª Mª BEGOÑA HERNANI FERNANDEZ ILMO. SR. D. ENRIQUE F. DE NO ALONSO MISOL:

En Madrid a dos de noviembre de mil novecientos noventa y nueve.

La Sala de la Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente, SENTENCIA En el Recurso de suplicación núm. 3548/99 interpuesta por- MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA representado por el ABOGADO DEL ESTADO contra la resolución del juzgado de la Social núm.

21 de Madrid dictada en autos núm. 87/99, siendo recurrido D. Carlos Alberto representado por el Letrado D. MARIANO NUÑEZ MERCADER y PROLOVE, S.A. representada por SU Letrado Dª. INES GARCIA GARCIA en reclamación sobre cantidad, ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. ENRIQUE F. DE NO ALONSO MISOL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de la Social de referencia tuvo entrada demanda suscrita por D. Carlos Alberto contra MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA y PROLOVE, S.A. sobre cantidad en la que solicita se dictase sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 19 de abril de 1999, en los términos que se expresan En el falla de dicha resolución, SEGUNDO: En dicha sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

"PRIMERO.- El demandante cuyas circunstancias personales obran en autos presta servicios para la empresa PROLOVE, S.A., desde el 1.10.1985 en el Contra Educativo DIRECCION000 , como profesor titular, ostentando la categoría de Jefe de Estudios de nivel de primaria desde el 1.9.92.--

SEGUNDO

Dicho centro mantiene un concierto educativo con el Ministerio de Educación y Cultura, percibiendo el actor SU salario del citado Ministerio en régimen de pago delegado.- TERCERO.- El complemento específica por función previsto para el jefe de Estudios asciende en 1997/1998 a la cantidad de 28.589 ptas, ascendiendo el importe del trienio a 1445 ptas/mes.- CUARTO.- En la demanda origen de los presentes autos el actor reclama la cantidad 424.981 ptas en concepto complemento jefe de estudios para el periodo diciembre 97 a noviembre 98, ambos incluidos.- Dichas cantidades no se discutieron para el caso desestimar la demanda.- QUINTO.- obran en autos sentencias estimatorias de idéntica pretensión del actor para anteriores periodos.- SEXTO.- Se ha agotado la vía previa.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA, siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a esta Sala de lo Social se dispuso el pase de los mismos a Ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la sentencia, estimatoria de la demanda en reclamación de cantidad, interpone recurso de suplicación el Estado (Ministerio...

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