STSJ Comunidad de Madrid , 19 de Octubre de 1999

PonenteJESUS MARTINEZ CALLEJA
Número de Recurso4070/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución19 de Octubre de 1999
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO SOCIAL Reg. General nº 4070/99 Sentencia nº 478/99 Ilma. Sr. D. Jesús Martinez Calleja Presidente Ilma. Sr. D. Conrada Durantez Corral Ilma. Sr. D. Enrique Juanes Fraga En Madrid a diecinueve de octubre de mil novecientos noventa y nueve.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de justicia, compuesta por los limas. Sres citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación nº 4070/99, interpuesto, por el Letrado DON ANTONIO DE LA REINA MONTERO en nombre y representación de las Sociedades TUBLINE IBERICA S.A. y VIGICONSULT S.A., contra la resolución dictada por el Juzgado de la Social nº 24 de las de Madrid con fecha veinte de abril de mil novecientos noventa y nueve , ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. Jesús Martinez Calleja.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de la Social de referencia, con numero de autos 19199 tuvo entrada demanda suscrita por DON Bernardo contra las Sociedades TUBLINE IBERICA S.A. y VIGICONSULT S.A. en reclamación sobre DESPIDO" Admitida la demanda a tramito y celebrado el juicio se dictó resolución con fecha veinte de abril de mil novecientos noventa y nueve con el resultado que obra en las actuaciones y que se da aquí por reproducido íntegramente.

SEGUNDO

En dicha sentencia y como HECHO PROBADOS se declaraban las siguientes:

  1. El actor DON Bernardo ha venido prestando sus servicios indistintamente para las empresas demandadas TUBLINE IBERICA S.A. y VIGICONSULT S.A., con la categoría profesional de Encargado del departamento de Reprografía, con una antigüedad de 1-6- 93 y un salario mensual de 177.500 pts incluida prorrata de pagas extraordinarias, mediante las siguientes contratos:.- Copntrato de trabajo de duración determinada celebrado al ampara del RD 2104/84 , cuyo objeto era atender las circunstancias del mercado por acumulación de tareas, desde el 1-6-93 a 30-8-93 con la mepresa TUBLINE IBERICA S.A. celebrándose una prorroga hasta el 30- 11-93.- Cohntrato temporal como medida de formento de empleo celebrado al amapro del RD 2104/84 , cuya duración era de 1-12-93 a 30-11-94, realizándose cuatro prorrogas de 6 meses cada una terminadose el contrato hasta el 30-11-96, con la empresa TUBLINE IBERICA S.A.- Contrato de trabajo de duración determinada, celebrado el ampara del RD 2546/94 , cuyo objeto era realizar trabajos de encargado del departamento de reprografía por acumulación de tareas debido a las circunstancias de la producción, cuya duración fue de 1-12-96 a 31-5-97, que tuvo dos prorrogas de seis mesas cada una, finalizándose el 31-5-98, con VIGICONSULT S.A.- Contrato de duración determinada celebrado al ampara del art. 15 del ET , cuya obvjeto era la eventualidad por cuncunstancias de la producción realizando trabajos de encargado del departamento e reprografí por acumulación de tareas derivadas de los trabajos de reprografía, reprodeucción de planos y gestión del departamento de reprografía, desde el 1-6-98 a 31-8-989 celebrándose una prorroga hasta el 30-11-98, con TUBLINE IBERICA S.A.- 2º. El tabajo que ha venido realizando el actor, SE Enmarca dentro de la actividad normal de la empresa, habiendo realizado la misma actividad, en el mismo contra de trabajo en la empresa TUBLINE IBERICA S.A..- 3º El actor mientras estaba contratado por VIGICONSULT S.A. percibía prestaciones económicas, partes de ausencia, justificantes de realización de horas extras, de TUBLINE IBERICA.- 4º Los contratos de trabajo eran firmados por las mismas personas, en representación de ambas empresas, en un primera moemento por DON Luis Manuel y después por DOÑA Alejandra .- 5º TUBLINE IBERICA S.A. tiene por objeto la fabricación, representación, venta y comercialización, importación y exportación toda clase de muebles y sus accesorios y cuanto sea antecedentes, consecuente, afina o con ella relacionado.- Sus fundadores y el capital esta suscrito y desembolsado por DOMA Alejandra y su esposo Luis Manuel .- También tiene parte del capital social DON Jose Augusto .- Su domicilio social es Avda DIRECCION000 s/n hoy Avda Camina de a Cortao de la zona industrial Sur de San Sebastián de los Reyes (Madrid).- 6º.- VIGICONSULT S.A. tiene por oejbeto la dirección y control de calidad de la ejecución de cualquier obra publica o privada, el servicio de mantenimiento invernal de carreteras y servicio de mantenimiento de obras publicas y privadas, representación de compañías españolas y extranjeras cuya actividad sean similares a las señaladas, en generl, cualquier actividad de licita comercio relacionada con su objeto principal.- Sus socios fundadores son D. Luis Manuel y Doña Alejandra , entre otras, siendo los mayoritarios.- Su domicilio social es Avda DIRECCION000 S/N, hoy Avda. Camino de lo Cortao S/N de San Sebastián de los; Reyes (Madrid).- 7º

Todos los contratos celebrados entre las partes, están saldados y finiquitados.- 8º El día...

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