STSJ Comunidad de Madrid , 7 de Octubre de 1999

PonenteENRIQUE JUANES FRAGA
Número de Recurso3533/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 7 de Octubre de 1999
EmisorSala de lo Social

Reg. Gral.- 3.533/99 SENTENCIA NUMERO 454/99 Ilmo. Sr. D. Jesús Martínez Calleja Presidente Ilmo. Sr. D. Enrique Juanes Fraga Ilmo. Sr. D. Conrado Durantez Corral En Madrid a, siete de Octubre de mil novecientos noventa y nueve.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres.

Citados al margen y, EN NOMBRE DEL REY Ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación número 3.533/99, Sección Sexta, interpuesto por INAEM, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 4 de los de Madrid, de fecha 19-Abril-99 , ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. Enrique Juanes Fraga.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de referencia, con número de autos 153/99 tuvo entrada demanda suscrita por Dª Fátima , contra INAEM y otro, en reclamación sobre Derecho. Admitida la demanda a trámite y celebrado el Juicio, se dictó resolución con fecha 19-Abril-99, en los términos que figuran en el Fallo de la mencionada resolución y que se dan aquí íntegramente por reproducidos.

SEGUNDO

En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS, se declaraban los siguientes: "1º.- Dª Fátima prestó servicios para la Empresa Herederos de Tirso García Escudero S.L., en el centro de trabajo del Teatro de la Comedia, sito en la calle Príncipe nº 14 de Madrid, con la categoría profesional de taquillera, durante los períodos que se relacionan, suscribiendo sucesivos contratos por obra o servicio determinado cuyo objeto lo constituía la correspondiente temporada de la Compañía Nacional de Teatro Clásico: - Del 6 de Septiembre de 1.993 al 30 de Junio de 1.994. - Del 3 de Septiembre de 1.994 al 11 de Junio de 1.995. - Del 11 de Septiembre de 1.995 al 9 de Junio de 1.996. - Del 5 de Septiembre de 1.996 al 8 de Junio de 1.997. - Del 1 de Septiembre de 1.997 al 21 de Junio de 1.998. 2º.- A la finalización de cada uno de dichos períodos la empresa comunicaba a la actora el cese por fin de la obra para la que había sido contratada y ésta suscribía un recibo de finiquito en el que se hacía constar que con el percibo de la cantidad reflejada en el mismo se encontraba totalmente saldada y finiquitada, renunciando a toda reclamación posterior. 3º.- La demandante prestó servicios para la Empresa Herederos Tirso García Escudero S.L., desde el 5 de Septiembre de 1.998, con la categoría profesional de tramoya y un salario bruto mensual de 152.264-ptas incluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias mediante contrato por obra o servicio determinado con el objetivo principal de "la realización de los trabajos de su especialidad con motivo de la temporada 98/99 de la Compañía Nacional de Teatro Clásico". 4º.- Por Orden del ministerio de Educación y Ciencia de 21 de Octubre de 1.998 fue autorizada la adquisición de la finca dedicada a Teatro sita en la calle Príncipe número 14 con la condición de subrogación de los contratos del personal laboral, asumida por el INAEM previa autorización del Ministerio de Administraciones Públicas. 5º- En fecha 9 de Diciembre de 1.998 los Herederos de D. Miguel vendieron al Estado el local del Teatro de La Comedia y tres pisos sitos en la misma finca, para ser destinados a sede de la Compañía Nacional de Teatro Clásico. 6º- Por Resolución del Subsecretario del Ministerio de Educación y Ciencia de 29 de diciembre de 1.998, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores , se acordó la incorporación inmediata a partir del día 1 de enero de 1.999 como trabajadores del INAEM del personal laboral del Teatro de la Comedia con contrato de duración indefinida (Jose Carlos , conserje; Luis María , oficial de sala; Alicia , taquillera; Juan Pedro , sereno; Alejandro , oficial de tramoya (electricidad); Cornelio , oficial de tramoya (electricidad) Felipe , oficial de tramoya (electricidad); Felipe , oficial de tramoya (maquinaria); Inocencio , administrativo de 1ª, en tanto se tramita la creación de las plazas correspondientes ante la CECIR; así como la incorporación del personal laboral contratado por obra o servicio determinado, (Pablo , oficial de tramoya (utilería); Jose Manuel , oficial de sala; Carlos Alberto , oficial de sala; Jesús Ángel , oficial de sala, Pedro Miguel , oficial de sala; Arturo , oficial de sala; Darío , sereno correturnos; Gabino , oficial de sala; Fátima , taquillera; y Joaquín , oficial de utilería); hasta la finalización de la temporada 1998/99, susbsistiendo dichos contratos hasta la finalización de su vigencia prevista para el 30 de junio...

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