STSJ Comunidad de Madrid , 18 de Mayo de 1999

PonenteFRANCISCO JOSE TRUJILLO CALVO
Número de Recurso461/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución18 de Mayo de 1999
EmisorSala de lo Social

SECCIÓN CUARTA Recurso n° 461/99 Sentencia n° 469/99 C.A. Ilmo. Sr. D. Miguel Angel Luelmo Millán Presidente Ilmo. Sr. D. José Luis Gilolmo López Ilmo. Sr. D. Francisco Trujillo Calvo En Madrid, a dieciocho de mayo de mil novecientos noventa y nueve La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres.

Citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación n° 461/99 interpuesto por el Letrado Nieves García-Denche Camacho, en nombre y representación del INSS y TGSS, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social n° 33 de los de MADRID, siendo recurrido Rosario , representado por el Letrado Paloma Bravo Aguilar, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. Francisco Trujillo Calvo- .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según, consta en los autos n° 557/98 del Juzgado de lo Social n° 33 de los de Madrid, se presentó demanda por Rosario , contra INSS y TGSS, en reclamación de viudedad, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia en diez de noviembre de mil novecientos noventa y ocho, en la que se estima parcialmente la demanda formulada.

SEGUNDO

En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declara los siguientes:

"PRIMERO.- Dª. Rosario contrajo matrimonio con D. Luis María el 4- 12-79.- SEGUNDO.- Por sentencia del 23-3-90 del Juzgado de 1ª Instancia 29 se acordó la separación del matrimonio.- TERCERO.- El 21-5-98 falleció D. Luis María .- CUARTO.- Solicitó la demandante pensión de viudedad y se le reconoce por resolución del Instituto Nacional de la Seguridad social a razón de un 56% del 45% de la base reguladora de 161.786 pts y con efectos del 22-5-98. Dicha resolución indica que la solicitante acredita 3763

días de convivencia con el causante. Contra dicha resolución y por estimar la demandante que le corresponde el 100% del 45% de la base reguladora, se formula reclamación previa que se desestima el 19-8- 98.

TERCERO Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandada, siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a esta Sala de lo Social, se dispuso su pase al Ponente para su examen y posterior resolución por la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

UNICO.- La sentencia de instancia estima parcialmente la demanda interpuesta en materia de pensión de viudedad, declarando el derecho de la actora a percibir pensión de viudedad a razón del 100%

del 45% s de su base reguladora de 161.786 pesetas, condenando al INSS a estar y pasar por esta declaración y a su efectivo abono, con efectos del 22 de mayo de 1998.

Contra tal pronunciamiento insta el INSS -TGSS el presente recurso de suplicación, amparando su motivo único, sobre el cauce del apartado c) del articulo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral , instando el examen de las normas sustantivas contenidas en la resolución de instancia, al considerar infringido él artículo 184.2 de la Ley General de la Seguridad Social (debe entenderse el articulo 174.2 de la LGSS).

La cuestión a examinar y resolver se circunscribe a...

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