STSJ Comunidad de Madrid , 30 de Marzo de 1999

PonenteJAVIER EUGENIO LOPEZ CANDELA
Número de Recurso1431/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución30 de Marzo de 1999
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN 2ª

Recurso n°1431/96 SENTENCIA N° 455 Iltmos Sres:

Presidente D. JOSE FÉLIX MÉNDEZ CANSECO Magistrados Dña. FÁTIMA ARANA AZPITARTE Dña. FRANCISCA MARTA ROSAS CARRIÓN D. JUAN FRANCISCO LÓPEZ DE HONTANAR SÁNCHEZ D. JAVIER EUGENIO LÓPEZ CANDELA En la ciudad de Madrid, a 30 de marzo de 1999.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (sección 2ª) ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso-administrativo número 1431/96, interpuesto por Provegar S.L., representado y dirigido por el letrado Sr, Salvador López Tapia contra el Ayuntamiento de Madrid, representado por el Procurador Sr. Granados Bravo y asistido por sus Servicios Jurídicos, sobre sanción por incumplimiento de horario de cierre. Ha sido Ponente el Ilmo. Sr JAVIER EUGENIO LÓPEZ CANDELA quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMER

Por la representación de la parte actora en escrito presentado en la Secretaria de esta Sala en fecha 27 de mayo de 1996 interpuso el presente recurso contra el Decreto del Excmo Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Madrid de 25 de marzo de 1996 por la que se desestimaba el recurso ordinario formulado en fecha 7 de marzo del mismo año contra el acuerdo del 2° Teniente de Alcalde por el que se imponía al recurrente la sanción de 50.000 ptas de multa por infracción en materia de horario de cierre de espectáculos.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto en la ley reguladora de esta jurisdicción, habiendo despachado la parte actora y demandada el trámite conferido en la demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos, en virtud de los hechos y fundamentos de Derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la estimación de la demanda con la consiguiente declaración de nulidad de la resolución impugnada por la parte actora, y respecto de la Administración demandada su desestimación, por entender que dicha resolución es conforme a derecho.

TERCERO

Continuado el proceso por sus trámites presentaron las partes con posterioridad y por su orden, sus escritos de conclusiones sobre fundamentos y pretensiones de la demanda y contestación señalándose día y hora para la votación y Fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha de 25 de marzo de 1999.

CUARTO

En la substanciación del presente pleito se han observado las prescripciones legales, siendo la cuantía del mismo de 50.000 ptas .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el presente recurso contencioso-administrativo se impugna el Decreto del Excmo Sr. Alcalde- Presidente del Ayuntamiento de Madrid de 25 de marzo de 1996 por la que se desestimaba el recurso ordinario formulado en fecha 7 de marzo del mismo año contra el acuerdo de 6 de febrero de 1996 por el que se imponía al recurrente la sanción de 50.000 ptas de multa por infracción en materia de horario de cierre de espectáculos.

SEGUNDO

Son hechos documentalmente acreditados en autos en virtud de la inspección realizada en fecha 14 de diciembre de 1995 y sobre las 4,30 horas por agentes de la Policía Municipal en el local...

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