STSJ Galicia 803/2010, 22 de Julio de 2010

PonenteJUAN CARLOS FERNANDEZ LOPEZ
ECLIES:TSJGAL:2010:7824
Número de Recurso4586/2007
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución803/2010
Fecha de Resolución22 de Julio de 2010
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.GALICIA CON/AD SEC.2

A CORUÑA

SENTENCIA: 00803/2010

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0004586 /2007

EN NOMBRE DEL REY

La Sección 002 de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la

SENTENCIA

Ilmos. Sres. D.

JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA

JOSE MARIA ARROJO MARTINEZ

JUAN CARLOS FERNANDEZ LOPEZ

A CORUÑA, veintidos de Julio de dos mil diez.

En el recurso contencioso-administrativo 0004586 /2007 que pende de resolución en esta Sala, interpuesto por Roman,

representado por Dña. MARIA LUISA PANDO CARACENA y dirigido por D. JUSTO DIAZ RODRIGUEZ, contra RESOLUCION DE 4.7.07, DEL SECRETARIO XERAL POR DELEGACIÓN DE LA CONSELLEIRA, QUE ACUERDA INADMITIR A TRAMITE POR EXTEMPORANEO EL R. DE REPOSICIÓN RRU 2006/0132, CONTRA RESOL. DICTDA EN EXP. DE LEGALIDAD URBANISTICA 107 B 2005/37-0. Es parte como demandada la CONSELLERIA DE POLITICA TERRITORIAL OBRAS PUBLICAS TRANSPORTES, representada y dirigida por el LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA. Es parte como codemandado el CONCELLO DE PONTEDEUME, representado y dirigido por el LETRADO DE LOS SERVICIOS JURIDICOS DE LA DIPUTACION PROVINCIAL DE A CORUÑA . La cuantía del recurso es 156.270 euros.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La representación procesal de don Roman interpone recurso contencioso-administrativo contra la resolución del secretario xeral de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas e Transportes de 04.07.07 (dictada por delegación de su titular), en la que inadmitió, por extemporáneo, el recurso de reposición que aquél formuló frente a la resolución del director xeral de Urbanismo de 09.03.06 (dictada también por delegación), por la que declaró que la vivienda unifamiliar que había ejecutado en la playa de Ber (Pontedeume) era ilegalizable y se imponía su demolición.

SEGUNDO

Admitido el recurso a trámite, ha presentado la parte actora su escrito de demanda, al que ha contestado la letrada de la Xunta de Galicia, tras lo cual han presentado ambas sus conclusiones pese a no haberse practicado prueba; ninguna intervención ha tenido el letrado que defiende los intereses de la entidad local codemandada.

TERCERO

Mediante providencia de 07.07.10 se ha señalado el día 15.07.10 para la votación y fallo, que ha tenido lugar en esa fecha.

CUARTO

Se han observado todas las prescripciones legales.

Es ponente el señor magistrado don JUAN CARLOS FERNANDEZ LOPEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Mediante resolución del director xeral de Urbanismo de 09.03.06 (dictada por delegación de la conselleira de Política Territorial, Obras Públicas e Transportes), se declaró que la vivienda unifamiliar que había ejecutado don Roman en la playa de Ver, término municipal de Pontedeume, era ilegalizable y se imponía su demolición; por dos veces se intentó, sin éxito, su notificación al interesado, tras lo cual se procedió...

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