SAP Salamanca 338/2010, 13 de Septiembre de 2010

PonenteILDEFONSO GARCIA DEL POZO
ECLIES:APSA:2010:422
Número de Recurso385/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución338/2010
Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Salamanca, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 SALAMANCA SENTENCIA: 00338/2010

Sentencia Número: 338/2010

Ilmo. Sr. Presidente

DON JOSÉ RAMÓN GONZÁLEZ CLAVIJO

Ilmos. Sres. Magistrados

DON ILDEFONSO GARCÍA DEL POZO

DON JESÚS PÉREZ SERNA

En Salamanca, a trece de Septiembre de dos mil diez.

La Audiencia Provincial de Salamanca, ha visto en grado de apelación el Juicio Cambiario Nº 1646/2009 del Juzgado de Primera Instancia Nº 7 de Salamanca, Rollo de Sala Nº 385/2010, han sido partes en este recurso: como demandante-apelada COMERCIALIZACIONES Y DISTRIBUCIONES VALDELMONTE S.L. representada por la Procuradora Doña Purificación Valle Corcho, bajo la dirección de la Letrada Doña María Isabel Cacho Morgado. Y como demandado-apelante DON Severino, representado por el Procurador Don Rafael Cuevas Castaño bajo la dirección del Letrado Don Alberto Santos de Paz.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - El día treinta de Marzo de dos mil diez por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de 1ª Instancia Nº 7 de Salamanca se dictó sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Por Su Señoría se desestima la demanda de oposición formulada por el Procurador Sr. Rafael Cuevas Castaño en nombre y representación de D. Severino asistido del letrado D. J. Alberto Santos de Paz frente a la demanda de juicio cambiario presentada por la Procuradora Valle Corcho en representación de Comercializaciones y Distribuciones Valdemonte S.L., asistido de la Letrada Dña. Isabel Cacho y en su virtud debo declarar y declaro que continúe la ejecución por las cantidades reclamadas en el juicio cambiario número 1646/2009 de este juzgado, confirmando el auto de catorce de octubre de 2.009 y el auto de once de noviembre de

    2.009, confirmando los embargos y demás medidas de garantía trabados en el mismo para cubrir la cantidad de 18.633,94 de principal más la de 5.590 calculados para los intereses legales y gastos provisionalmente y sin perjuicio de ulterior liquidación, todo ello con expresa imposición de costas procesales a la parte demandante de la oposición."

  2. - Contra referida sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación jurídica de la parte demandada haciendo las alegaciones que estimó oportunas en defensa de sus pretensiones, para terminar suplicando su estimación y, en su razón, se estime parcialmente la oposición formulada en el sentido de declarar improcedente el pago de un pagaré de los ejecutados, por 3.000 euros, y los gastos pretendidos por comisiones de devolución facturados por el Banco, por lo que la cantidad adeudada por el demandado son 6.000 euros, ello sin la imposición de las costas de instancia devengadas por la oposición al demandado.

    Dado traslado de la interposición del recurso a la parte contraria, por su legal representación, se presentó escrito de oposición al mismo, haciendo las alegaciones que estimó oportunas en defensa de sus pretensiones, para terminar suplicando la desestimación del recurso de apelación interpuesto, confirmando la resolución recurrida y condenando expresamente a la parte recurrente a las costas de la segunda instancia.

  3. - Recibidos los autos en esta Audiencia se formó el oportuno rollo, señalándose para la votación y fallo del recurso el día nueve de Septiembre de dos mil diez y pasando los autos al Ilmo. Sr. Magistrado Ponente para dictar sentencia.

  4. - Observadas las formalidades legales.

    Vistos, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON ILDEFONSO GARCÍA DEL POZO.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Por la representación procesal del demandante de oposición Don Severino se recurre en apelación la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia número 7 de esta ciudad con fecha 30 de marzo de 2.010, la cual, desestimando la oposición formulada por el mismo frente a la demanda de juicio cambiario promovido por la entidad Comercializaciones y Distribuciones Valdemonte S. L., ordenó continuar la ejecución por las cantidades reclamadas, confirmando los autos de 14 de octubre y de 11 de noviembre de 2.009 así como los embargos y garantías trabados para cubrir la...

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