SAP Madrid 353/2010, 14 de Julio de 2010
Ponente | MARIA MARGARITA VEGA DE LA HUERGA |
ECLI | ES:APM:2010:12726 |
Número de Recurso | 22/2009 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 353/2010 |
Fecha de Resolución | 14 de Julio de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 8ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. Lucio
MADRID
SENTENCIA: 00353/2010
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE MADRID
Sección 8
1280A
FERRAZ, 41
N.I.G. 28000 1 7000337 /2009
RECURSO DE APELACION 22 /2009
Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 533 /2001
Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 74 de MADRID
De: FLOMAR 2000, S.L., DON Marco Antonio, DON Cristobal, DON
Imanol, DON Rafael
Procurador: ANTONIO BARREIRO-MEIRO BARBERO, JOSE PEDRO VILA RODRÍGUEZ, JOSE PEDRO VILA RODRÍGUEZ,
JESUS VERDASCO TRIGUERO, JESUS VERDASCO TRIGUERO
Contra: DON Gabriel, DON Moises, DON Jose Pedro, DON Antonio, DON Eugenio, DON Leonardo, DON Severino, DOÑA Fátima, DON Adriano, DON Edemiro, DON Jesús, DON Santiago, DON Juan Miguel, DON Conrado, DON Ildefonso, DON Rodrigo, DON Juan Manuel, DOÑA María Rosa, DOÑA Elvira, DOÑA Otilia (desistida),
DOÑA Amanda, DON Eduardo, DON Julián, DON Silvio, DON Adrian, DON Esteban, DON Lucio, DON Virgilio, DOÑA
Mercedes, DON Arturo, DOÑA Aida, DON
Franco, DOÑA Gracia, DON Ramón, DON Juan Luis Y DOÑA Zaida, DON Darío, "30400 PELAVE, S.L.", "LEXIURIS, S.L.", "MUEBLES ROJO, S.A.", DON Justino y LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DIRECCION000, CALLE000 NUM000, URBANIZACIÓN000 " DE VILLAVICIOSA DE ODÓN (MADRID), ADRA EMPRESA CONSTRUCTORA S.A., Abelardo
Procurador: JORGE PEREZ VIVAS, SIN PROFESIONAL ASIGNADO, SIN PROFESIONAL ASIGNADO
Ponente: ILMA. SRA. Dª. MARGARITA VEGA DE LA HUERGA
SENTENCIA Nº 353
Magistrados:
ILMO. SR. D. ANTONIO GARCÍA PAREDES
ILMA. SRA. Dª. CARMEN GARCÍA DE LEÁNIZ CAVALLÉ
ILMA. SRA. Dª. MARGARITA VEGA DE LA HUERGA
En Madrid, a catorce de julio de dos mil diez. La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Madrid,
compuesta por los Sres. Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio Ordinario nº 533/2001, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia núm. 74 de Madrid, seguidos entre partes, de una como demandantes- apelados DON Gabriel, DON Moises, DON Jose Pedro, DON Antonio
, DON Eugenio, DON Leonardo, DON Severino, DOÑA Fátima, DON Adriano, DON Edemiro, DON Jesús, DON Santiago, DON Juan Miguel, DON Conrado, DON Ildefonso, DON Rodrigo, DON Juan Manuel, DOÑA María Rosa, DOÑA Elvira, DOÑA Otilia (desistida),
DOÑA Amanda, DON Eduardo, DON Julián, DON Silvio, DON Adrian, DON Esteban, DON Lucio, DON Virgilio, DOÑA Mercedes, DON Arturo, DOÑA Aida, DON Franco, DOÑA Gracia, DON Ramón, DON Juan Luis Y DOÑA Zaida, DON Darío, "30400 PELAVE, S.L.", "LEXIURIS, S.L.", "MUEBLES ROJO, S.A.", DON Justino y LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DIRECCION000, CALLE000 NUM000, URBANIZACIÓN000 " DE VILLAVICIOSA DE ODÓN (MADRID), representados por el Procurador Sr. Jorge Pérez Vivas, de otra, como demandados-apelantes FLOMAR 2000, S.L., representado por el Procurador Sr. Antonio Barreiro-Meiro Barbero, DON Marco Antonio y DON Cristobal, representados por el Procurador Sr. José Pedro Vila Rodríguez, DON Imanol y DON Rafael, representados por el Procurador Sr. Jesús Verdasco Triguero, y de otra, como demandados-apelados ADRA EMPRESA CONSTRUCTORA S.A. y DON Abelardo, no comparecidos en esta alzada.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 74 de Madrid, en fecha veinticinco de mayo de dos mil siete, se dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:"Que estimo íntegramente la demanda interpuesta por D/ña Gabriel y restantes demandantes ya citados contra FLOMAR 2.000 S.L., ADRA EMPRESA CONTRUCTORA S.A., Marco Antonio, Cristobal, D. Abelardo, D. Imanol y D. Rafael y condeno solidariamente a todos los demandados a efectuar las reparaciones y demás extremos, incluido el pago de las cantidades especificadas en el Fundamento de Derecho 10º de esta resolución, en su equivalente en euros -y con las exclusiones en el contenidas- a favor de los actores, en la forma pedida en la demanda, concretamente en las páginas 200 a 264, del escrito rector de la litis, hasta el punto 1.1.9 de tal página, inclusive, que, dada su extensión se unen en fotocopia como ANEXO I de esta Sentencia, formando parte integrante de la misma, con condena solidaria de todos los demandados al pago de las costas.
Igualmente condeno solidariamente a FLOMAR S.L., ADRA EMPRESA CONSTRUCTORA S.A. y D. Abelardo, D. Imanol Y D. Rafael a efectuar las reparaciones y demás extremos suplicados en las páginas 264 a 288 inclusive, que se unen en fotocopia, de la demanda, como ANEXO II de esta Sentencia, formando parte integrante de la misma y a igual condena solidaria de las costas causadas"
"ANEXO I A LA SENTENCIA DICTADA EN FECHA VEINTICINCO DE MAYO DE DOS MIL SIETE CON Nº 100/07 PORLA MAGISTRADO-JUEZ DÑA MARIA TERESA DE LA CUEVA ALEU EN LOS AUTOS DE PROCEMIENTO ORDINARIO Nº 533/01 .
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- RESPECTO A DON Gabriel (1) (CHALET TIPO "A", CALLE000 NUM001, 2ª FASE), A REPARAR LOS DEFECTOS EN LOS LADRILLOS CARA VISTA EMPLEADOS TANTO EN LAS FACHADAS DE LA VIVIENDA, COMO EN LOS MUROS DIVISIONARIOS DE LA PARCELA, A TRAVÉS DE LAS MEDIDAS CORRECTORAS SEÑALADAS EN LA PÁGINA 12 Y 13 DEL INFORME PERICIAL EMITIDO POR LA EMPRESA COTAS INTERNACIONAL (DOCUMENTO Nº. 14 DE LA DEMANDA).
LA REALIZACIÓN DEL DRENAJE PERIMETRAL EN LA PARCELA (Punto I.1.1. del Informe del Arquitecto).- Conforme a lo señalado en el Proyecto de Ejecución (apartado 1.4.3 de la Memoria y Unidad
3.8 del Capítulo de Mediciones y Presupuestos).
LA SUBSANACIÓN DE LAS UNIDADES DE PROYECTO NO EJECUTADAS O DEFICIENTEMENTE EJECUTADAS:
Realización de ajardinamiento en la parcela.- De acuerdo con lo previsto en el apartado 1.1.2. del Proyecto de Ejecución, y en el folleto publicitario.
Colocación del número de elementos de radiadores según lo establecido en el Proyecto de Ejecución en su apartado 1.4.9.7.8. relativo a la Relación de Potencia de Radiadores para viviendas tipo "A". Deberán colocarse cuatro elementos de radiador más en la cocina, dos en el vestíbulo-distribuidor de planta baja, seis en el salón-comedor, un elemento más en el dormitorio número 1 de planta primera, cinco elementos más en el baño 1, siete elementos en el distribuidor de planta primera, dos elementos más en el baño 2, tres elementos más en el dormitorio 2, un elemento más en el dormitorio 3, y dos elementos más en el dormitorio 4 de planta segunda.
Colocación de persianas enrollables de PVC en baños de planta primera.
Colocación de vierteaguas de gres en todas las ventanas. Excepto en la ventana de una de las habitaciones de la Planta Primera, en la que ya ha sido colocado.
Colocación de puerta vidriera en la cocina conforme al Proyecto, sustituyendo la puerta ciega colocada en su lugar.
Colocación de buzón empotrado en el muro de cerramiento exterior de la parcela, sustituyendo el colocado en su lugar.
Corregir la deficiente ejecución del solado de hormigón impreso que rodea la vivienda.
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- RESPECTO A DON Moises (2) (CHALET TIPO "A", CALLE000 NUM002, 2ª FASE),
A REPARAR LOS DEFECTOS EN LOS LADRILLOS CARA VISTA EMPLEADOS TANTO EN LAS FACHADAS DE LA VIVIENDA, COMO EN LOS MUROS DIVISIONARIOS DE LA PARCELA, A TRAVÉS DE LAS MEDIDAS CORRECTORAS SEÑALADAS EN LA PÁGINA 12 Y 13 DEL INFORME PERICIAL EMITIDO POR LA EMPRESA COTAS INTERNACIONAL (DOCUMENTO Nº. 14 DE LA DEMANDA).
LA REALIZACIÓN DEL DRENAJE PERIMETRAL EN LA PARCELA (Punto I.1.1. del Informe del Arquitecto).- Conforme a lo señalado en el Proyecto de Ejecución (apartado 1.4.3 de la Memoria y Unidad
3.8 del Capítulo de Mediciones y Presupuestos).
LA SUBSANACIÓN DE LAS UNIDADES DE PROYECTO NO EJECUTADAS O DEFICIENTEMENTE EJECUTADAS:
Realización de ajardinamiento en la parcela.- De acuerdo con lo previsto en el apartado 1.1.2. del Proyecto de Ejecución, y en el folleto publicitario.
Colocación del número de elementos de radiadores según lo establecido en el Proyecto de Ejecución en su apartado 1.4.9.7.8. relativo a la Relación de Potencia de Radiadores para viviendas tipo "A". Deberán colocarse cuatro elementos de radiador más en la cocina, dos en el vestíbulo-distribuidor de planta baja, seis en el salón-comedor, un elemento más en el dormitorio número 1 de planta primera, cinco elementos más en el baño 1, siete elementos en el distribuidor de planta primera, dos elementos más en el baño 2, tres elementos más en el dormitorio 2, un elemento más en el dormitorio 3, y dos elementos más en el dormitorio 4 de planta segunda.
Corregir la deficiente ejecución del solado de hormigón impreso que rodea la vivienda. 3.- RESPECTO A DON Jose Pedro (3), (CHALET TIPO "A", CALLE000 NUM003, 2ª FASE)
A REPARAR LOS DEFECTOS EN LOS LADRILLOS CARA VISTA EMPLEADOS TANTO EN LAS FACHADAS DE LA VIVIENDA, COMO EN LOS MUROS DIVISIONARIOS DE LA PARCELA, A TRAVÉS DE LAS MEDIDAS CORRECTORAS SEÑALADAS EN LA PÁGINA 12 Y 13 DEL INFORME PERICIAL EMITIDO POR LA EMPRESA COTAS INTERNACIONAL (DOCUMENTO Nº. 14 DE LA DEMANDA).
LA REALIZACIÓN DEL DRENAJE PERIMETRAL EN LA PARCELA (Punto I.1.1. del Informe del Arquitecto).- Conforme a lo señalado en el Proyecto de Ejecución (apartado 1.4.3 de la Memoria y Unidad
3.8 del Capítulo de Mediciones y Presupuestos).
LA SUBSANACIÓN DE LAS UNIDADES DE PROYECTO NO EJECUTADAS O DEFICIENTEMENTE EJECUTADAS:
Realización de ajardinamiento en la parcela.- De acuerdo con lo previsto en el apartado 1.1.2. del Proyecto de Ejecución, y en el folleto publicitario.
Colocación del número de elementos de radiadores según lo establecido en el Proyecto de Ejecución en su apartado 1.4.9.7.8. relativo a la Relación de Potencia de Radiadores para viviendas tipo "A". Deberán colocarse cuatro elementos de radiador más en la cocina, dos en el vestíbulo-distribuidor de planta baja, seis en el salón-comedor, un elemento más en el dormitorio número 1 de planta primera, cinco elementos más en el baño 1, siete elementos en el distribuidor de planta primera, dos elementos más en el baño 2, tres...
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