AAP Guadalajara 10077/2010, 31 de Agosto de 2010

PonenteMARIA DEL CARMEN MARTINEZ SANCHEZ
ECLIES:APGU:2010:235A
Número de Recurso254/2010
ProcedimientoAPELACION AUTOS
Número de Resolución10077/2010
Fecha de Resolución31 de Agosto de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Guadalajara, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

GUADALAJARA

AUTO: 10077/2010

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 de GUADALAJARA

Domicilio: PASEO FERNANDEZ IPARRAGUIRRE NUM. 10

Telf: 949-20.99.00

Fax: 949-23.52.24

Modelo: 662000

N.I.G.: 19130 37 2 2010 0100404

ROLLO: APELACION AUTOS 0000254 /2010

Juzgado procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de SIGUENZA

Procedimiento de origen: PIEZA DE SITUACION PERSONAL 0000360 /2010

RECURRENTE: Olegario

Procurador/a: SIN DESIGNACION PROFESIONAL

Letrado/a: ALFONSO ABEIJON MARTINEZ

RECURRIDO/A: MINISTERIO FISCAL

Procurador/a:

Letrado/a:

AUTO Nº 197/10 ==========================================================

ILMOS./AS. SRES./SRAS

Presidente/a

Dª ISABEL SERRANO FRÍAS Magistrados

Dª SUSANA FUERTES ESCRIBANO

Dª MARIA DEL CARMEN MARTINEZ SANCHEZ

==========================================================

En GUADALAJARA, a treinta y uno de Agosto de dos mil diez

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la causa referenciada se dictó por JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de SIGUENZA auto de fecha 28/07/10 por el que en su parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que, tras alzarse el secreto de las presentes Diligencias Previas, subsisten los presupuestos que fundamentaron la medida de prision provisional de Olegario ( NUM000 ) acordada a través del Auto de fecha 22 de mayo de 2010 en los términos expuestos en dicha resolución".

SEGUNDO

Contra dicho auto se interpuso por Olegario recurso de apelación, el cual fue admitido en primera instancia, remitiéndose en su virtud a este Tribunal testimonio de particulares con emplazamiento de las partes.

TERCERO

Personada en tiempo y forma la parte apelante se sustanció el recurso por todos sus trámites.

Siendo Ponente la Iltma. Sra. Doña. MARIA DEL CARMEN MARTINEZ SANCHEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Con fecha 28 de julio de 2010 se dicta en las presentes actuaciones auto en el que, tras alzarse el secreto acordado en las mismas, se ratifica la prisión provisional de don Olegario acordada con fecha 22 de mayo de 2010. Contra dicha resolución se interpone recurso de apelación al considerarse que no se dan los elementos, requisitos y condiciones necesarias para el mantenimiento de dicha medida solicitando la libertad provisional y aludiendo a otras medidas de seguridad menos gravosas para asegurar la presencia del imputado en el acto del juicio, en concreto se entiende que nos encontramos en una fase de la instrucción en la que cualquier intento de ocultación de pruebas llegaría tarde, que en el periodo transcurrido en prisión no ha pasado nada que haga sospechar tal circunstancia, que la reiteración delictiva aludida por la Juzgadora está débilmente justificada, puesto que se ha tratado de un hecho puntual, y que no existe riesgo de fuga, aparte de determinadas consideraciones sobre su participación en los hechos.

SEGUNDO

Esta Sala en fecha 2 de julio de 2010 ya se pronunció sobre la situación personal del hoy recurrente en el recurso de apelación interpuesto contra el inicial auto de prisión de 22 de mayo, previa desestimación de un recurso de reforma, y evidentemente poco han cambiado las circunstancias, en el escaso lapso de tiempo transcurrido, para que se reconsidere dicha decisión dado que la única circunstancia nueva es que se ha levantado el secreto del sumario, nada mas.

En este punto conviene recordar que las medidas cautelares en el ámbito penal no son mas que una garantía del cumplimiento efectivo de la resolución que finalmente pudiera...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR