STSJ Canarias , 13 de Diciembre de 1999

PonenteANGEL ACEVEDO CAMPOS
Número de Recurso766/1995
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución13 de Diciembre de 1999
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS.

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO.

SANTA CRUZ DE TENERIFE.

S E N T E N C I A Nº 1331 RECURSO Nº 766/95 ILMOS.SRES.

PRESIDENTE:

D.Antonio Giralda Brito.

MAGISTRADOS:

D.Angel Acevedo y Campos.

D.Macarena González Delgado.

En Santa Cruz de Tenerife, a trece de diciembre de mil novecientos noventa y nueve.

VISTO por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de esta Capital, integrada por los Sres.

Magistrados antes expresados, el presente recurso nº 766/95, tramitado por el procedimiento ordinario, que regula la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, seguido a instancia de la demandante Doña Lucía , representada por la Procuradora Doña Carmen Guadalupe García y dirigida por el Letrado Don José

Julio García Ramos-Estarriol, siendo Administración demandada, la del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, dirigido por el Letrado Don Eduardo Silgo Villegas, siendo coadyuvante Don Nicasio Hernández Calcines, representado por la Procuradora Doña María Teresa Medina Martín y dirigido por el Letrado Don José Luis Suárez Diaz, versando sobre legalización de obras, de cuantía indeterminada, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON Angel Acevedo y Campos, ha dictado, EN NOMBRE DE S.M. EL REY, la presente sentencia con base en los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Frente a la Resolución de 25 de mayo de 1994 dictada por el Consejero Director de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Santa Cruz de Tenerife y que había concedido al coadyuvante una licencia para la legalización de una vivienda unifamiliar, dedujo la actora recurso ante el Consejo de Administración de la Gerencia Municipal de Urbanismo, que fue desestimado por resolución de 9 de febrero de 1995.

SEGUNDO

Por la representación de la parte demandante, antes mencionada, se interpuso recurso contencioso-administrativo, formalizando demanda con la súplica de que se dicte sentencia, estimando el presente recurso y anulando la resolución recurrida con imposición a la demandada del pago de las costas procesales.

TERCERO

La Administración demandada contestó a la demanda oponiéndose a ella e interesando una sentencia, por la que desestime el recurso por ser ajustada a Derecho la Resolución dictada por la Gerencia Municipal de Urbanismo, condenando a la parte contraria a estar y pasar por la sentencia dictada, con expresa imposición de costas a la parte actora.

CUARTO

Practicada la prueba propuesta, se acordó en sustitución de la vista el trámite de conclusiones que fue evacuado por las partes.

QUINTO

Señalado día y hora para la votación y fallo, tuvo lugar la reunión del Tribunal en el designado al efecto.

SEXTO

Aparecen observadas las formalidades de tramitación.

Vistos los preceptos legales citados por las partes y los que son de general aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, en virtud de resolución de 25 de mayo de 1994, concedió a la entidad Viviendas Municipales S.A., la cual actuaba en representación del coadyuvante, "licencia para la legalización" de una vivienda unifamiliar de dos plantas, sita en la calle DIRECCION000 nº NUM000 del Barrio de Valleseco, dando ello lugar a que la actora se opusiera a tal acuerdo, sosteniendo que circunscrito el mismo a una legalización de lo ya edificado, no podía autorizarse ni legitimarse dentro de su ámbito la caja de escalera que ubicada en una de las esquinas de la construcción, aparecía reflejada en los planos descriptivos de lo edificado acompañados a la solicitud de licencia, al estar ello en contradicción con el hecho de haber sido aquélla demolida en virtud de mandato de sentencia de esta Sala de 29 de junio de 1989, oposición que tuvo respuesta de la Administración en el acto aquí recurrido de 9 de febrero de 1995, donde se expresó que habiendo solicitado erróneamente el coadyuvante licencia de legalización y no de reforma-ampliación, siendo realmente ambas las que procedían conforme a los planos presentados, al contener éstos una ampliación...

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