STSJ Canarias , 20 de Octubre de 1999

PonenteCONCEPCION MACARENA GONZALEZ DELGADO
Número de Recurso620/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución20 de Octubre de 1999
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS.

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.

SANTA CRUZ DE TENERIFE.

S E N T E N C I ANº 1076 RECURSO Nº 620/1997 ILMOS.SRES.

PRESIDENTE D. Angel Acevedo Campos MAGISTRADOS D. Pedro Hernández Cordobés D. Macarena González Delgado En Santa Cruz de Tenerife a veinte de Octubre de mil novecientos noventa y nueve.

VISTO por la Sala de lo Contencioso- Administrativo de esta Capital, integrada por los Sres.

Magistrados antes expresados, el presente recurso nº 620/97 tramitado por el procedimiento ordinario regulado en la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, seguido a instancia de C.A.C. SOCIEDAD COOPERATIVA LIMITADA, representada por la procuradora D. Carmen Blanca Orive Rodríguez, siendo Administración demandada la Comunidad Autónoma de Canarias representada y dirigida por el Sr. Letrado de su Servicio Jurídico, versando sobre Concurso para la Contratación de la Gestión de los Servicios Públicos de Transporte Sanitario de Enfermos en Ambulancia en la Zona de la Isla de la Palma, de cuantía indeterminada, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada D. Macarena González Delgado, ha dictado, EN NOMBRE DE S.M. EL REY, la presente sentencia con base en los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Consejería de Sanidad y Consumo del Gobierno de Canarias se dictó orden con fecha 20 de enero de 1997 por la que se resolvía el concurso publicado con fecha 16 de diciembre de 1996 para la contratación de la gestión de los servicios públicos de transporte sanitario de enfermos en ambulancias, adjudicándolo a la empresa Ambulancias Acentejo Sociedad Limitada.

SEGUNDO

Por la representación de la parte demandante, antes mencionada, se interpuso recurso contencioso-administrativo, formalizando demanda con la súplica de que se dicte sentencia por la que se anule la resolución recurrida en lo referente a la Isla de la Palma, se reconozca el derecho de la actora a obtener una puntuación mayor a la otorgada a Ambulancia Acentejo y se la declare contratista adjudicataria de dicho concurso, condenando a la Administración a las costas del juicio y a la indemnización de daños y perjuicios causados que se concreta en el beneficio industrial dejado de percibir mas el interés legal de dicha suma.

TERCERO

La Administración demandada contestó a la demanda oponiéndose a ella e interesando una sentencia por la que se desestime el recurso, y se confirme la resolución recurrida por ser conforme a derecho.

CUARTO

Practicada la prueba propuesta, se acordó en sustitución de la vista el trámite de conclusiones que fue evacuado por las partes.

QUINTO

Señalado día y hora para la votación y Fallo, tuvo lugar la reunión del Tribunal en el designado al efecto.

SEXTO

Aparecen observadas las formalidades de tramitación.

Vistos los preceptos legales citados por las partes y los que son de general aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto de este recurso determinar si es conforme a derecho la resolución recurrida...

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