STSJ Galicia , 31 de Enero de 2000
Ponente | EMILIO FERNANDEZ DE MATA |
ECLI | ES:TSJGAL:2000:551 |
Número de Recurso | 4912/1996 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 31 de Enero de 2000 |
Emisor | Sala de lo Social |
Doña María Socorro Bazarra Varela, Secretaria de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
CERTIFICO: Que en el recurso de Suplicación del que luego se hará mención se ha dictado por esta Sala la siguiente resolución:
Recurso nº 4912/96 ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ PRESIDENTE ILMA. SRª. Dª. ROSA RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ.
ILMO. SR. D. EMILIO FERNÁNDEZ DE MATA A Coruña, a treinta y uno de enero del dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los señores magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación nº 4.912/96 interpuesto por la representación del Instituto Nacional de la Seguridad Social contra la sentencia del Juzgado de lo Social Núm. Cuatro de los de A Coruña
Que según consta en autos nº 761/95 se presentó demanda por D. Juan Manuel en reclamación de JUBILACIÓN siendo demandados el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y el INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado sentencia con fecha treinta y uno de mayo de 1996 por el Juzgado de referencia que desestima la demanda.
Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes: "Primero.- Que el actor nacido el 13-1-36 es pensionista de invalidez permanente total por el Régimen General de la Seguridad Social con efectos de 1-1-84. Segundo.- Que el actor solicitó ante el ISM pensión de jubilación la cual le fue reconocida con efectos 10-9-94, pero declarando incompatible esta pensión de jubilación con la que venía percibiendo del Régimen General de la Seguridad Social. Tercero.- Que el actor reúne los requisitos exigidos por la Ley para causar derecho a pensión en ambos regímenes (General y Especial de
Trabajadores del Mar). Cuarto.- Que el actor agotó la vía administrativa previa."
Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente: "Fallo:
Que estimando la demanda deducida por DON Juan Manuel contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y el INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA, debo declarar y declaro la compatibilidad de las pensiones de invalidez permanente total del Régimen General y de jubilación del Régimen Especial de Trabajadores del Mar reconocidas al actor, y condeno al Instituto Social de la Marina y al Instituto Nacional de la Seguridad Social al abono de las mismas en proporción porcentaje, cuantía, forma y efectos reglamentarios."
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la representación del Instituto Nacional de la Seguridad Social, no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el pase de los mismos al Ponente.
La sentencia de instancia estima la demanda y declara la compatibilidad de ambas pensiones percibidas por el actor, condenando a ambas...
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