STSJ Galicia , 31 de Enero de 2000

PonenteEMILIO FERNANDEZ DE MATA
ECLIES:TSJGAL:2000:551
Número de Recurso4912/1996
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución31 de Enero de 2000
EmisorSala de lo Social

Doña María Socorro Bazarra Varela, Secretaria de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

CERTIFICO: Que en el recurso de Suplicación del que luego se hará mención se ha dictado por esta Sala la siguiente resolución:

Recurso nº 4912/96 ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ PRESIDENTE ILMA. SRª. Dª. ROSA RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ.

ILMO. SR. D. EMILIO FERNÁNDEZ DE MATA A Coruña, a treinta y uno de enero del dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los señores magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación nº 4.912/96 interpuesto por la representación del Instituto Nacional de la Seguridad Social contra la sentencia del Juzgado de lo Social Núm. Cuatro de los de A Coruña

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos nº 761/95 se presentó demanda por D. Juan Manuel en reclamación de JUBILACIÓN siendo demandados el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y el INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado sentencia con fecha treinta y uno de mayo de 1996 por el Juzgado de referencia que desestima la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes: "Primero.- Que el actor nacido el 13-1-36 es pensionista de invalidez permanente total por el Régimen General de la Seguridad Social con efectos de 1-1-84. Segundo.- Que el actor solicitó ante el ISM pensión de jubilación la cual le fue reconocida con efectos 10-9-94, pero declarando incompatible esta pensión de jubilación con la que venía percibiendo del Régimen General de la Seguridad Social. Tercero.- Que el actor reúne los requisitos exigidos por la Ley para causar derecho a pensión en ambos regímenes (General y Especial de

Trabajadores del Mar). Cuarto.- Que el actor agotó la vía administrativa previa."

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente: "Fallo:

Que estimando la demanda deducida por DON Juan Manuel contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y el INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA, debo declarar y declaro la compatibilidad de las pensiones de invalidez permanente total del Régimen General y de jubilación del Régimen Especial de Trabajadores del Mar reconocidas al actor, y condeno al Instituto Social de la Marina y al Instituto Nacional de la Seguridad Social al abono de las mismas en proporción porcentaje, cuantía, forma y efectos reglamentarios."

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la representación del Instituto Nacional de la Seguridad Social, no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el pase de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia estima la demanda y declara la compatibilidad de ambas pensiones percibidas por el actor, condenando a ambas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR