STSJ Asturias , 27 de Octubre de 2000

PonenteEDUARDO SERRANO ALONSO
ECLIES:TSJAS:2000:4076
Número de Recurso1455/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución27 de Octubre de 2000
EmisorSala de lo Social

ROLLO N° RSU 1455 /2000 45005 AUTOS N° 57/2000 OVIEDO-2 SENTENCIA N° 2.113/2000 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ASTURIAS En OVIEDO, a veintisiete de Octubre de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de ASTURIAS, siendo el Iltmo. Sr. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Presidente, formando Tribunal los Iltmos. Sres. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Dª. MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ, D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por Dña. Marí Juana , contra la sentencia del Juzgado de lo Social n° 2 de Oviedo, ha sido ponente Ilmo. Sr. D. EDUARDO SERRANO ALONSO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por Dña. Marí Juana , en reclamación de Despido, siendo demandado Instituto Nacional de la Salud y celebrado el acto del juicio oral, por el mencionado Juzgado de lo Social se dictó sentencia de fecha veintinueve de febrero de mil novecientos noventa y nueve por la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - La actora Dña. Marí Juana , médico, fue nombrada para ocupar plaza vacante de facultativo de cupo c zona, con carácter interino, en virtud de contrato de fecha 1 de enero 1.990, en el Ambulatorio Central de Avilés, Area Sanitaria III, y hasta tanto se produzca su cobertura en propiedad, por el procedimiento reglamentariamente establecido, o se produzca su amortización, ascendiendo su retribución mensual a 207.724 pesetas.

  2. - Como consecuencia de la puesta en funcionamiento del Equipo de Atención Primaria de Avilés

    Centro el 1 de diciembre de 1.999, se procedió a hacer efectiva la amortización de la plaza que ocupaba la actora, así como las de todos los interinos que prestaban servicios en el Ambulatorio Central de Avilés.

  3. - Con fecha 17 de noviembre de 1.999 se comunica a la actora que como consecuencia de la amortización de la plaza que ocupaba interinamente, cesaría al finalizar la jornada del 30 de noviembre 1.999.

  4. - Se agotó la reclamación previa y se interpuso la demanda el 25 de enero 2.000.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante,...

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