STSJ Galicia 489/2010, 19 de Mayo de 2010
Ponente | MARIA DEL CARMEN NUÑEZ FIAÑO |
ECLI | ES:TSJGAL:2010:7066 |
Número de Recurso | 15458/2009 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 489/2010 |
Fecha de Resolución | 19 de Mayo de 2010 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.GALICIA CON/AD SEC.4
A CORUÑA
SENTENCIA: 00489/2010
PONENTE: Dª MARIA DEL CARMEN NÚÑEZ FIAÑO
RECURSO NUMERO: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0015458/2009
RECURRENTE: Esteban
ADMINISTRACION DEMANDADA: TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
EN NOMBRE DEL REY
La Sección 004 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la
SENTENCIA
Ilmos./as. Sres./as. D./Dª
JOSE MARIA GOMEZ Y DIAZ CASTROVERDE
FERNANDO FERNANDEZ LEICEAGA
MARIA DEL CARMEN NÚÑEZ FIAÑO
A CORUÑA, diecinueve de Mayo de dos mil diez.
En el recurso contencioso-administrativo que, con el número 0015458/2009, pende de resolución ante esta Sala, interpuesto por Esteban, representada por el procurador D. JACOBO TOVAR-ESPADA PEREZ, dirigida por el letrado D. JOSE LUIS GONZALEZ DOPESO, contra ACUERDO
DE 29-12-08 DECLARANDO INADMISION A TRAMITE DEL REC. ALZADA CONTRA RESOLUCION SOBRE RESPONSABILIDAD SOLIDARIA EN EL PAGO. EXPTE. NUM000 . Es parte la Administración demandada la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, representada por el LETRADO DE LA TESORERIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL.
Es ponente la Ilma. Sra. Dª MARIA DEL CARMEN NÚÑEZ FIAÑO.
Admitido a trámite el presente recurso contencioso-administrativo, se practicaron las diligencias oportunas y, recibido el expediente, se dio traslado del mismo a la parte recurrente para deducir la oportuna demanda, lo que se hizo a medio de escrito en el que, en síntesis, tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que se estimaron pertinentes, se acabó suplicando que se dictase sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución impugnada en este procedimiento.
Conferido traslado a la parte demandada, se solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de Derecho consignados en la contestación de la demanda.
No habiéndose recibido el asunto a prueba y declarado concluso el debate escrito, quedaron las actuaciones sobre la mesa para resolver.
En la sustanciación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo la cuantía del mismo de 373.313,14 euros.
Es objeto del presente recurso contencioso-administrativo el acuerdo de la Dirección Provincial de A Coruña de la Tesorería General de la Seguridad Social de fecha 29 de diciembre de 2008 por el que se inadmite a trámite, por extemporáneo, el recurso de alzada promovido contra la resolución de 15 de...
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