SAP A Coruña 257/2010, 20 de Julio de 2010

PonenteJOSE MARIA SANCHEZ JIMENEZ
ECLIES:APC:2010:1913
Número de Recurso191/2010
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución257/2010
Fecha de Resolución20 de Julio de 2010
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

A CORUÑA

SENTENCIA: 00257/2010

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECC. PRIMERA

A CORUÑA

ROLLO: RP 191/10

Órgano de Procedencia: JDO.PENAL Nº 1 DE FERROL

Procedimiento: J. ORAL 55/09

RCT: Eduardo

RCD: Paulina y MINISTERIO FISCAL

N U M E R O 257

LA SECCIÓN PRIMERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA constituida por los Ilustrísimos Señores D. ÁNGEL MARÍA JUDEL PRIETO, Presidente, D. JOSÉ MARÍA SÁNCHEZ JIMÉNEZ y D. CARLOS SUÁREZ MIRA RODRÍGUEZ,

Magistrados.

EN NOMBRE DEL REY

ha pronunciado la siguiente:

S E N T E N C I A

En A CORUÑA, a 20 de julio de 2010.

En el recurso de apelación penal número 55/09 de Juicio Oral procedente del Juzgado de lo Penal nº 1 de Ferrol, sobre amenazas, entre partes de la una como apelante Eduardo, y de la otra como apelado el MINISTERIO FISCAL y Paulina .Siendo Ponente el Ilmo. Sr. JOSÉ MARÍA SÁNCHEZ JIMÉNEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que por el Magistrado- Juez del Juzgado de lo Penal nº 1 de Ferrol, con fecha 13/7/09, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva dice como sigue:

"FALLO: Que debo condenar y condeno a Eduardo como autor criminalmente responsable de un delito de amenazas leves contra la mujer, concurriendo la circunstancia atenuante de embriaguez, a la pena de treinta y un días de trabajos en beneficio de la comunidad, privación del derecho a la tenencia y porte de armas por término de un año y un día y la prohibición de aproximación amenos de 200 metros y comunicación a Paulina por un período de un año y un día, y de una falta de daños, concurriendo la misma atenuante, así como la de reparación del daño, a la pena de diez días multa con una cuota diaria de tres euros (30 #), así como al pago de las costas.".-

SEGUNDO

Que notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma, recurso de apelación por la representación del apelante, que le fue admitido en ambos efectos, y una vez efectuados los traslados procedentes, a las demás partes y evacuados los mismos, se acordó elevar las mismas a la Audiencia Provincial, para su resolución.

TERCERO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales.

HECHOS PROBADOS

Se acepta el relato de hechos probados de la sentencia apelada y se da por reproducido en esta resolución.-

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

El recurso, que comienza...

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