ATS, 7 de Septiembre de 2010

PonenteJUAN ANTONIO XIOL RIOS
ECLIES:TS:2010:9948A
Número de Recurso2106/2009
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 7 de Septiembre de 2010
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO En la Villa de Madrid, a siete de Septiembre de dos mil diez. I. HECHOS

  1. - Por la representación procesal de Cristobal por un lado y la representación procesal de Tarsila, con fecha 24 de noviembre de 2009, se han interpuesto recurso extraordinario por infracción procesal y de casación contra la Sentencia dictada, en fecha 7 de septiembre de 2009, por la Audiencia Provincial de Asturias (Sección 7ª), en el rollo nº 455/2008, dimanante del juicio ordinario 476/07, del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Gijón.

  2. - Por providencia de fecha 2 de diciembre de 2009 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, habiéndose notificado la misma a las partes litigantes con fecha 9 de diciembre de 2009.

  3. - El Procurador D. José Luis Granda Alonso en nombre y representación de Tarsila, presentó escrito ante esta Sala con fecha 16 de diciembre de 2009, personándose en calidad de parte recurrente . La Procuradora Dª Rocío Sampere Meneses en nombre y representación de Cristobal, presentó escrito ante esta Sala con fecha 16 de diciembre de 2009, personándose en calidad de parte recurrente . La Procuradora Dª Valentina López Valero, en nombre y representación de LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE000 NUM000 DE GIJÓN presentó escrito ante esta Sala con fecha 22 de enero de 2009, personándose en calidad de parte recurrida .

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Juan Antonio Xiol Rios, a los solos efectos de este trámite.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación interpuestos por la representación procesal de Cristobal por un lado, y la representación procesal de Tarsila

    , por otro, al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 3º del art. 477.2 de la LEC 2000

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC 2000, entréguese copias de los escritos de interposición de los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría. III. PARTE DISPOSITIVA LA SALA ACUERDA

    1. ) ADMITIR LOS RECURSOS EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL Y DE CASACIÓN interpuestos por la representación procesal de Cristobal por un lado, y la representación procesal de Tarsila, por otro, contra la Sentencia dictada, en fecha 7 de septiembre de 2009, por la Audiencia Provincial de Asturias (Sección 7ª), en el rollo nº 455/2008, dimanante del juicio ordinario 476/07, del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Gijón.

    2. ) De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC 2000, entréguese copias de los escritos de interposición de los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

    De conformidad con lo establecido en el art. 483.5 y 473.3, contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

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