STSJ Comunidad de Madrid 106/2010, 22 de Abril de 2010

PonenteFRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRION
ECLIES:TSJM:2010:12293
Número de Recurso208/2010
ProcedimientoAPELACIÓN
Número de Resolución106/2010
Fecha de Resolución22 de Abril de 2010
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.10

MADRID

SENTENCIA: 00106/2010

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

RECURSO DE APELACIÓN 208/10

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SENTENCIA Nº 106/2010

SECCIÓN DÉCIMA

MADRID

Ilmos. Sres.:

Presidenta:

Dª. María Del Camino Vázquez Castellanos.

Magistradas:

Dª Francisca María Rosas Carrión

Dª Emilia Teresa Díaz Fernández

Dª. Mª Jesús Vegas Torres

En la Villa de Madrid, a 22 de abril de 2010.

Visto por la Sección Décima de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, constituida por las Magistrados anotadas al margen, el presente recurso de apelación, número 208/10 de su registro, que ha sido interpuesto por don Jesus Miguel, representado por la Procuradora doña María Granizo Palomeque y dirigido por el Letrado don Alberto Cuerdo a Álvarez, contra la sentencia dictada, con fecha de 23 de diciembre de 2009 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo 8 de Madrid, en los autos de procedimiento ordinario tramitados con el número 59/08 de su registro.

En este recurso de apelación ha comparecido, en calidad de apelados, el Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, representado por el Procurador don Miguel Torres Álvarez y dirigido por el Letrado don Julio Morales Villegas, y la entidad "Patria Hispana de Seguros", representada por la Procuradora doña Isabel Mota Torres y defendida por el Letrado Sr. Jiménez Martínez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo 8 de Madrid, la Procuradora doña María Granizo Palomeque, actuando en nombre y representación de don Jesus Miguel, interpuso recurso contencioso administrativo contra la desestimación por el silencio administrativo de la solicitud de indemnización de daños y perjuicios por responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes.

Con fecha de 23 de diciembre de 2009, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo dictó sentencia desestimatoria en los autos de procedimiento ordinario número 59/08 de su registro.

SEGUNDO

Notificada la referida sentencia a las partes, la representación procesal de don Jesus Miguel interpuso contra la misma recurso de apelación, del que, una vez admitido a trámite, se dio traslado a las demás partes para que en el plazo común de quince días pudieran formalizar su oposición.

TERCERO

Remitidos los autos y el expediente administrativo a la Sala, y no habiéndose solicitado el recibimiento de la apelación a prueba, ni la celebración de vista, ni la presentación de conclusiones, se señaló para deliberación y fallo el día 21 de abril de 2010, fecha en que tuvo lugar, con observancia en su tramitación de las reglas establecidas por la Ley.

Ha sido Magistrado Ponente doña Francisca María Rosas Carrión, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Don Jesus Miguel ha interpuesto el presente recurso de apelación contra la sentencia dictada en fecha de 23 de diciembre de 2009 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo 8 de Madrid, en los autos de procedimiento ordinario tramitados con el número 59/08 de su registro, mediante la que se desestimó el recurso contencioso administrativo deducido contra la desestimación por el silencio administrativo de su solicitud de indemnización de daños y perjuicios por responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes.

El actor solicitó en la instancia una indemnización de 29.622,06 euros y sus intereses legales, alegando, en esencia, que sobre las 08,04 horas del día 27 de agosto de 2004 durante un encierro celebrado en las fiestas patronales de San Sebastián de los Reyes, don Jesus Miguel se encontraba sentado en el tendido de la Plaza de Toros, cuando uno de los toros que se hallaban en el ruedo saltó la valla, se subió al tendido y le causó lesiones por asta en la zona genital y golpe en la cabeza, que le produjo hematoma subdural y supratentural izquierdo; estuvo ingresado en la U. C.I. del "Hospital 12 de Octubre" hasta el 30 de agosto, siendo entonces traspasado al Servicio de Neurología del citado Hospital. Con motivo de tener que realizar varios trámites para su boda, se le dio el alta hospitalaria voluntaria el 14 de septiembre de 2004, y a fin de poder efectuar el viaje de novios se le dio el alta por incapacidad temporal voluntaria el 8 de octubre de 2004, no obstante lo cual siguió realizándose pruebas médicas, en concreto, en el mes de...

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