SAP Madrid 275/2010, 8 de Julio de 2010

PonenteEDUARDO VICTOR BERMUDEZ OCHOA
ECLIES:APM:2010:11389
Número de Recurso196/2010
ProcedimientoAPELACIÓN
Número de Resolución275/2010
Fecha de Resolución 8 de Julio de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 3ª

D. TOMAS YUBERO MARTINEZ

SECRETARIO DE SALA

RECURSO APELACION: 196/10

JUICIO ORAL: 190/09

JUZGADO PENAL Nº 23 - MADRID

SENTENCIA NUM: 275

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

ILTMOS. SRES. DE LA SECCION TERCERA

D. CARLOS OLLERO BUTLER

Dª MARIA PILAR ABAD ARROYO

D. EDUARDO VICTOR BERMUDEZ OCHOA

--------------------------------------En Madrid, a 8 de julio de 2010.

VISTOS, por esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid, en grado de apelación, el Juicio Oral nº 190/09 procedente del Juzgado Penal nº 23 de Madrid y seguido por delito de hurto contra Isidro, siendo partes en esta alzada como apelante dicho acusado y como apelado el Ministerio Fiscal, y Ponente el Magistrado D. EDUARDO VICTOR BERMUDEZ OCHOA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el indicado Juzgado de lo Penal se dictó Sentencia el día 15 de febrero de 2010, cuyo FALLO decretó: " A.-Que absolviendo libremente del delito de robo con fuerza de que venía acusado, debo condenar y condeno a Isidro como autor responsable de un delito continuado de hurto de los arts. 234 y 74 del Código Penal, con la concurrencia de la circunstancia atenuante de reparación del daño causado:

A la pena de prisión de 1 año y 2 meses de prisión con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

A que indemnice a Santiago en la cantidad total de 1.193, 83 # en que se valoran los daños y perjuicios que le han sido causados, más los intereses derivados de dicha cantidad al tipo previsto en el art. 576 de la LEC, hasta el día 2 de febrero de 2010, en que se produjo la consignación judicial de la anterior cantidad. A que pague las costas de este Juicio.

B.- Que debo absolver y absuelvo libremente a Bienvenido de los delitos de robo con fuerza y hurto continuado de que venía acusado, declarando de oficio, respecto del mismo, las costas procesales causadas.

C.- Se acuerda:

  1. - El decomiso definitivo de las herramientas descritas e intervenidas en el almacén de los acusados a los que se dará el destino legal.

  2. - La entrega definitiva a sus respectivos titulares de las tres motocicletas sustraídas y luego recuperadas.

  3. - El decomiso definitivo y posterior entrega a quien acredite su titularidad de las motocicletas y motores de motocicletas intervenidas en el interior del almacén, excepción hecha de la motocicleta con placa 3487-DVT propiedad del condenado y de las dos motocicletas propiedad de Bienvenido que quedan a su libre disposición. A los motores y motocicletas que finalmente no puedan ser identificadas por sus propietarios se les dará el destino legal".

SEGUNDO

Notificada la referida sentencia, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por Isidro, que fue admitido en ambos efectos y del que se confirió traslado por diez días al Ministerio Fiscal, que solicitó la desestimación del recurso.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial el día 6 de julio de 2010, se formó el Rollo de Sala nº 190/10 y dado el trámite legal, se señaló para la deliberación, votación y fallo en Sala el recurso el día de hoy.

  1. HECHOS PROBADOS

No se aceptan de los de la sentencia apelada, que se sustituyen por los siguientes:

Los acusados Bienvenido e Isidro, cuyas circunstancias personales se dan por reproducidas, fueron vistos sobre las 20:30 horas del día 3 de diciembre de 2007, viajando a bordo de la motocicleta Honda CBR, matrícula .... JWM, con la que llegaron al almacén E, de la nave 11 del Edificio Hormigueras que es una nave industrial sita en el número 2654 de la carretera de Villaverde a Vallecas.

Como quiera que su actitud vigilante y cautelosa levantó las sospechas de unos Agentes de la Policía Local que estaban realizando labores de investigación con el objeto de determinar si en otro almacén cercano se estaban depositando prendas falsificadas, decidieron seguirles cuando les vieron aparecer en una segunda ocasión. Aunque venciendo ciertas reticencias del acusado Isidro, a quien correspondía el derecho de uso del citado almacén, quien llegó a solicitar una orden de registro judicial, los Agentes pudieron comprobar el interior de la nave, encontrando los siguientes efectos que fueron aprehendidos y depositados a resultas del presente procedimiento.

  1. - La motocicleta con bastidor número NUM000, correspondiendo a una motocicleta marca Yamaha YZF R6, MATRÍCULA .... LDM propiedad de Don Virgilio, encontrándose su matrícula suelta.

  2. - La motocicleta con bastidor número NUM001, correspondiente a una motocicleta marca KTM 450 EXT, matrícula .... DRH, propiedad de D. Calixto .

  3. - La motocicleta con bastidor nº NUM002, correspondiendo a una motocicleta Gas Gas Enduscros, matrícula ....-FQH, propiedad de D. Imanol .

  4. - La motocicleta con bastidor número NUM003, correspondiendo a una motocicleta marca Piaggio Runner 125, matrícula .... LVC, propiedad de Don Santiago .

  5. - La motocicleta con bastidor número NUM004, sin que conste más datos ni su titularidad.

  6. - Vehículo tipo "quad", con número de bastidor NUM005, sin que consten más datos ni su titularidad. 7º.- Motor marca Honda número NUM006, sin que consten más datos ni su titularidad.

  7. - Motor marca Honda número NUM007, sin que consten más datos ni su titularidad.

  8. - Matrícula ....-VR, correspondiente a un turismo Audi A3 2.0, propiedad de Isidro .

  9. - Matrícula ....-FYQ, correspondiente a una motocicleta marca Honda, modelo CBR600RR, con número de bastidor NUM008, propiedad de Don Jesús María .

  10. - Un motor de motocicleta de la marca Honda.

  11. - Un salpicadero, una puerta de maletero, dos puertas, un capo y un frontal de un turismo de marca BMW.

  12. - Un depósito de motocicleta de la marca Honda.

  13. - Un pantalón de motorista.

  14. - Siete picos, seis martillos tipo maceta, un martillo normal, dos llaves de grifa, una cizalla, dos maletines de llaves de vaso, dos radiales de gasolina, un maletín de instrumentos de precisión RTI, cuatro cajas conteniendo un total de 48 candados de motocicletas nuevos, cuatro protecciones de pecho de color azul, una protección de espalda de color gris y dos protecciones de pierna de color gris.

También fueron halladas dos motocicletas Honda CBR 600 RR, con números de bastidor NUM009 y NUM008, correspondientes a las matrículas ....-CKK y ....-FYQ, ambas propiedad del acusado Bienvenido .

La motocicleta KTM 450 EXT, .... DRH, fue sustraída el día 18 de septiembre de 2.007; también la motocicleta marca Piaggio Runner 125, .... LVC, el día 29 de septiembre de 2.007; y, finalmente, la motocicleta marcas Gas Gas Enducross, ....-FQH, el día 14 de octubre de 2.007. Las sustracciones se produjeron en los tres casos mediante acceso a los garajes particulares dónde dichas motocicletas estaban estacionadas, sitos respectivamente, en las calles Isabel Colbrand 176, Avenida de Manoteras 49 y Avenida Francisco Pi y Margall 96, sin que conste en qué modo concreto se accedió a los mismos. En el caso de la primera y tercera motocicleta se rompieron las cadenas con las que estaban candadas para poder llevárselas y, en el caso de la segunda, no consta si se realizó dicha fractura en momento anterior o posterior a la sustracción.

La motocicleta KTM 450 EXT, tiene un valor venal de 7.665.-#, habiendo renunciado su propietario, Calixto, a cualquier...

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