SAP Valencia 133/2010, 12 de Mayo de 2010
Ponente | GONZALO MARIA CARUANA FONT DE MORA |
ECLI | ES:APV:2010:2896 |
Número de Recurso | 194/2010 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 133/2010 |
Fecha de Resolución | 12 de Mayo de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 9ª |
ROLLO NÚM. 000194/2010
RF
SENTENCIA NÚM.: 133/10
Ilustrísimos Sres.:
MAGISTRADOS
D. GONZALO CARUANA FONT DE MORA
Dª MARIA ANTONIA GAITON REDONDO
Dª PURIFICACIÓN MARTORELL ZULUETA
En Valencia a doce de mayo de dos mil diez.
Vistos por la Sección Novena de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON/ DOÑA GONZALO CARUANA FONT DE MORA, el presente rollo de apelación número 000194/2010, dimanante de los autos de Incidentes - 000428/2009, promovidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 2 DE SUECA, entre partes, de una, como apelante a BOGUAR SL, representado por el Procurador de los Tribunales NURIA BERENGUER ORTS, y asistido del Letrado don JOSE ANTONIO SEMPERE GELARDO, y de otra, como apelados a Alejo, representado por el Procurador de los Tribunales Mª ROSA RODRIGUEZ GIL, y asistido del Letrado don JOSEP ELENA BOSCA, en virtud del recurso de apelación interpuesto por BOGUAR SL.
La Sentencia apelada pronunciada por el Ilmo. Sr. Magistrado de Primera Instancia de JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 2 DE SUECA en fecha 8/1/10, contiene el siguiente FALLO: Estimar la demanda de oposición interpuesta por el Procurador D. Maximo Marques Ortells en nombre y representación de D. Alejo, contra Boguar, S.L., dejando sin efecto el embargo trabado en su día, y absolviendo a D. Alejo de los pedimentos efectuados en su contra en la demanda origen del proceso. condenar a Boguar, S.L. al pago de las costas procesales.
Que contra la misma se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por BOGUAR SL, dándose el trámite previsto en la Ley y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial, tramitándose la alzada con el resultado que consta en las actuaciones.
Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.
Entablada por Boguar SL acción cambiaria sobre la base de unos pagarés contra Alejo, formalizó éste demanda de oposición alegando la falsedad de la firma por no haber suscrito dichos títulos. La sentencia del Juzgado Primera Instancia 2 Sueca a tenor de la pericial practicada estima la demanda de oposición e impone las costas procesales a la parte demandante cambiaria.
Por la representación de Boguar SL se interpone recurso de apelación alegando ; 1º) El error de valoración de la prueba al concurrir un derecho ejercitado de forma abusiva por el demandado; 2º) Se peticionaba subsidiariamente la no imposición de las costas de la instancia, razones por las que interesaba la revocación de la sentencia del Juzgado Primera Instancia por otra que ordene la continuación del procedimiento cambiario y subsidiariamente revocar el pronunciamiento de las costas.
Entrando en el primer motivo de recurso de apelación, en cuanto al error de valoración de la prueba, en cumplimiento del artículo 456.1 de la Ley Enjuiciamiento Civil, revisada la misma y visto el soporte de grabación audiovisual, no puede acogerse el motivo denunciado por el recurrente, pues el Juez se ha basado, a tenor de la defensa opositora planteada, en la prueba pericial cuyo resultado es contundente tanto en el dictamen aportado como en la declaración de su autor en el acto de la vista; la firma obrante en los pagarés no es de mano del Sr. Alejo, por lo que se advera su alegación de que tal firma no es suya. Ciertamente no se niega la relación causal entre los litigantes por el opositor, es más se reconoce que tiene en su posesión la mercancía suministrada causa de la tal relación negocial, pero nos encontramos en un juicio...
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