AAP Madrid 175/2010, 28 de Julio de 2010

PonenteROSA MARIA CARRASCO LOPEZ
ECLIES:APM:2010:10814A
Número de Recurso340/2008
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución175/2010
Fecha de Resolución28 de Julio de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 21ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 21

MADRID

AUTO: 00175/2010

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección 21

18020

C/ FERRAZ, 41

Tfno.: 914933872-73-06-07 Fax: 914933874

N.I.G. 28000 1 7005251 /2008

Rollo: RECURSO DE APELACION 340 /2008

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 686 /2007

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 11 de MADRID

Ponente: ILMA. SRA. Dª. ROSA MARIA CARRASCO LOPEZ

CG

De: CENTRO DE LABORATORIOS Y SERVICIOS INDUSTRIALES DE MADRID

Procurador: ESTEBAN CARLOS MARTINEZ ESPINAR

Contra: SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELEGRAFOS S.A.

Procurador: SIN PROFESIONAL ASIGNADO

A U T O

Magistrados Ilmos. Sres.:

Dª. ROSA MARIA CARRASCO LOPEZ

D. RAMON BELO GONZALEZ

Dª. MARIA ALMUDENA CANOVAS DEL CASTILLO PASCUAL En MADRID, a veintiocho de julio de dos mil diez. La Sección Vigesimoprimera de la Audiencia Provincial de Madrid,

compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio de declinatoria de competencia número 686/2007, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 11 de Madrid seguidos entre partes, de una, como apelante-demandante CENTRO DE LABORATORIOS Y SERVICIOS INDUSTRIALES DE MADRID, y de otra, como apelada-demandada SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELEGRAFOS S.A.

VISTO, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª. ROSA MARIA CARRASCO LOPEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Presentada demanda por Centro de Laboratorios y Servicios Industriales de Madrid contra la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos S.A, quien en el plazo previsto en la Ley procesal civil promovió cuestión de competencia por declinatoria alegando la falta de jurisdicción del tribunal de instancia -Juzgado número 11 de Madrid.

SEGUNDO

Tramitada la declinatoria, fue dictado Auto el 17 de octubre de 2007 cuya parte dispositiva dice textualmente: "S.Sª dijo: Estimo la cuestión de competencia por declinatoria formulada por el Abogado del Estado en nombre y representación de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos frente a la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales Sr. Martínez Espinar e nombre y representación del Consorcio Centro de Laboratorios y Servicios Industriales de Madrid y en su mérito declaro la falta de competencia de la jurisdicción civil, inhibiéndome del conocimiento de la presente litis por corresponder au conocimiento ala jurisdicción contencioso-administrativa, ante la cual deberá la actora deducir sus pretensiones. Con expresa condena en costas a la parte actora".

TERCERO

El Auto estimando la declinatoria de jurisdicción fue recurrido por quien demandó en su día, y una vez interpuesto, tras tenerlo por preparado, se opuso el Sr. Abogado del Estado, que solicitó que fuera íntegramente confirmado, remitiéndose las actuaciones a esta Audiencia provincial, correspondiéndole por turno de reparto a esta Sección que dictó providencia fechada... señalando para deliberación, votación y resolución el día 27 de julio de 2010, lo que tuvo lugar.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS
PRIMERO

El Sr. Abogado del Estado en nombre y representación de la demandada, Sociedad Estatal Correos y Telégrafos S. A, promovió declinatoria de jurisdicción alegando que la jurisdicción competente para conocer de las reclamaciones formuladas por Centro de LABORATORIOS Y SERVICIOS INDUSTRIALES DE MADRID era la contencioso-administrativa y no la civil, a lo que se opuso la actora.

El tribunal de instancia estimó la declinatoria inhibiéndose a favor de la jurisdicción contencioso-administrativa tras llegar a la conclusión de ser la actividad desarrollada por la demandante y por la que estaba reclamando -prestación de servicio de control de metrología- un servicio público y no una relación jurídico...

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