SAP Albacete 167/2010, 8 de Julio de 2010

PonenteANTONIO JESUS NEBOT DE LA CONCHA
ECLIES:APAB:2010:959
Número de Recurso12/2010
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución167/2010
Fecha de Resolución 8 de Julio de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Albacete, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

ALBACETE

SENTENCIA: 00167/2010

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION 2ª

ALBACETE

RECURSO DE APELACION 0000012 /2010

Autos núm. 565/08

JUZGADO 1ª INSTANCIA NUM. 1 de La Roda

S E N T E N C I A NUM. 167/2010

Iltmos. Sres. Magistrados:

Presidente:

  1. ANTONIO NEBOT DE LA CONCHA

    Magistrados:

    Dª. Mª ANGELES MONTALVA SEMPERE

  2. JUAN MANUEL SANCHEZ PURIFICACIÓN

    EN NOMBRE DE S.M EL REY

    En Albacete a 8 de julio de dos mil diez.

    VISTOS, ante esta Audiencia Provincial, en apelación admitida a la parte demandada, los autos de Juicio ordinario, seguidos en el Juzgado de 1ª Instancia num. 1 de La Roda, a instancia de Raimundo representado por el/la procurador/a D/DÑA. Luis Legorburo Martinez Moratalla, contra Victorino representado por el/la Procurador/a D/DÑA. Caridad Diez Valero.

    ACEPTANDO, los antecedentes de la Sentencia apelada, cuya parte dispositiva dice así: "Que estimando íntegramente la pretensión formulada por la representación procesal de Raimundo, debo condenar y condeno al demandado, Victorino, al pago de 17.600 euros, más los intereses legales

    devengados hasta su total solvencia, así como al abono de las costas procesales".

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La relacionada Sentencia de 21 de septiembre de 2009, se recurrió en apelación por la parte demandada, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia, ante la que se personaron dentro del término del emplazamiento y en legal forma las partes litigantes y seguidos los demás trámites, se señalo el día 21 de junio de 2010 para la votación y fallo de la apelación.

SEGUNDO

Que en la sustanciación de los presentes autos, en ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado D. ANTONIO NEBOT DE LA CONCHA.

Aceptando los fundamentos jurídicos de la resolución impugnada, y

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Dos son las cuestiones que se vienen a plantear en esta alzada. La primera y principal es la de determinar si se ha probado que hay causa de resolución contractual, en consonancia con las pactadas, esto es, imposibilidad de obtener por los compradores un préstamo hipotecario para adquirir la vivienda de autos o la negativa de la Consejería de Vivienda y Urbanismo a la compraventa que se acuerda. La segunda, subsidiaria de la anterior es la de determinar, en caso de que exista alguna de esas causas de resolución cual es la cantidad a devolver.

SEGUNDO

La sentencia de instancia señala que concurren ambas causas de resolución, aunque una sola de ellas bastaría para la misma y frente a tal acogimiento se alza el demandado en la instancia con el alegato de error valorativo.

TERCERO

A modo de preámbulo señalar que este Tribunal, sobre tal alegato, viene señalando como doctrina general:

  1. en la naturaleza del recurso de apelación, dado su carácter "ordinario", permite al Tribunal conocer íntegramente de la cuestión resuelta en primera instancia, pudiendo no solo revocar, adicionar, suplir y enmendar las sentencias que se someten a una nueva revisión, sino dictar, respecto de todas las cuestiones debatidas, el pronunciamiento que proceda (Sentencia del Tribunal Supremo de 4.2.93 )_ no se trata tanto de comprobar si la convicción sobre los hechos realizada por el Juez "a quo" y las consecuencias jurídicas de éstos derivada está dentro de los márgenes legales y posibles (de modo que de ser así no quepa llegar a otra convicción sobre los hechos controvertidos o sean éstos intocables o intangibles), sino si se está de acuerdo con dicha convicción de primera instancia y con sus consecuencias legales, por lo que es factible en esta alzada examinar de nuevo todo el material probatorio y la actividad jurídico-procesal desarrollada en primera instancia y, en definitiva, resolver sobre si el pronunciamiento de la resolución impugna ha sido o no correcto y se coincide en atención a las diligencias de hecho y resultados...

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