STSJ Castilla y León , 10 de Febrero de 2000

PonenteJOSE MANUEL GETE ANDRES
ECLIES:TSJCL:2000:614
Número de Recurso1840/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución10 de Febrero de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

la legalización y convalidación de licencia municipal de obras otorgada a HIPERCENTRO S.L. SENTENCIA En la Ciudad de Burgos a diez de febrero de dos mil. En el recurso contencioso administrativo número 1840/98 interpuesto por la entidad mercantil MARCOS BERNALDO DE QUIROS S.L. representada por el Procurador Don Juan Cobo de Guzmán y Ayllón y defendida por el Letrado Don Jesús I. Tovar de la Cruz contra el Acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de San Ildefonso La Granja (Segovia) de 6 de octubre de 1.998 por el que se acuerda la legalización y convalidación de la licencia municipal de obras otorgada por dicha Comisión de Gobierno el 12-5-95 en expediente 67/95 a la entidad Hipercentro S.L., habiendo compadecido como parte demandada el Ayuntamiento de San Ildefonso La Granja representado por el Procurador Don César Gutiérrez Moliner y defendido por el Letrado Don Gregorio Gozalo Minguela.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte demandante se interpuso recurso contencioso administrativo ante esta Sala el día 29 de octubre de 1.998.

Admitido a trámite el recurso se dio al mismo la publicidad legal, se reclamó el expediente administrativo; recibido, se confirió traslado al recurrente para que formalizara la demanda, lo que se efectuó en legal forma por medio de escrito de fecha 21 de diciembre de 1.998 que en lo sustancial se da por reproducido y en el que terminaba suplicando se dicte sentencia por la que "estimando el presente recurso declare la nulidad de pleno derecho o anule el acuerdo recurrido. Y ordene la demolición de la construcción objeto de licencia".

SEGUNDO

Se confirió traslado de la demanda por término legal a la parte demandada quien contestó a la demanda a medio de escrito de 20 de enero de 1.999 oponiéndose al recurso solicitando la desestimación del mismo en base a los fundamentos jurídicos que aduce.

TERCERO

Recibido el recurso a prueba se practicó con el resultado que obra en autos evacuándose por las partes sus respectivos escritos de conclusiones que obran unidos al recurso, señalándose el día 26 de enero de 2000 para votación y fallo, lo que se efectuó. Se han observado las prescripciones legales en la tramitación de este recurso, salvo el plazo para dictar sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del presente recurso jurisdiccional el Acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de San Ildefonso "La Granja" (Segovia) de 6 de octubre de 1.998 por el que, desestimando las alegaciones del recurrente y mediante la publicación en los B.B.O.O. de las dos Ordenanzas que modifican el P.G.O.U. en la zona Casa de los Perros (según sentencia de esta Sala de 26-3-98), se declara convalidada la ineficacia de la Licencia de Obras concedida por dicha Comisión de

Gobierno el 12-5-95, según expediente 67/95, a HIPERCENTRO S.L. para la construcción de vivienda unifamiliar en la finca "Casa de los Perros" y, en consecuencia, se legalizan dichas obras.

SEGUNDO

El fundamento de la impugnación esgrimida por la recurrente a través del expediente de legalización instado se centra esencialmente, al margen de otras consideraciones efectuadas en el escrito de conclusiones, en la ausencia de los requisitos necesarios para que el terreno afectado por la modificación puntual del P.G.O.U. de San Ildefonso pueda ser clasificado como suelo urbano, y en la contravención de los criterios de uso, densidad y prelación en cuanto a la finalidad de rehabilitación que establece la Modificación Puntual del Plan General. Alude asimismo en su escrito de conclusiones a la estimación de un recurso ordinario interpuesto en vía administrativa contra el acuerdo de la C.P.U. de 30 de marzo de 1.995 que entiende suficiente para la estimación del presente recurso.

TERCERO

Para centrar el objeto de debate en el presente recurso conviene poner de relieve - como ya se recoge en el Fundamento de Derecho Cuarto de la Sentencia de esta Sala de 10-12-99 dictada en el recurso nº 1344/98 - que el hecho de que al parecer se halla interpuesto y resuelto, si bien no se ha aportado más que una fotocopia de la supuesta estimación de fecha 15 de...

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