STSJ Castilla y León , 27 de Enero de 2000

PonenteMARIA PAZ BARBERO ALARCIA
ECLIES:TSJCL:2000:366
Número de Recurso611/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución27 de Enero de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

Compensación del Barrio Universidad, del Plan General de Avila, así como los proyectos de Estatutos y bases de actuación por los que se regirá

SENTENCIA En la Ciudad de Burgos a veintisiete de Enero de dos mil. La Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Burgos, constituida por los Iltmos. Sres. Magistrados Don Juan Ignacio Moreno- Luque Casariego, Presidente accidental , Doña Begoña González García y Doña María Paz Barbero Alarcia, Magistrada suplente, siendo Ponente en la misma la señora Barbero Alarcia, ha dictado la siguiente:

SENTENCIA En el recurso contencioso administrativo numero 611/98 interpuesto por PROMOAVILA S.A. representada por el Procurador Don Carlos Aparicio Alvarez y defendido por la Letrado Doña Sonsoles Jiménez Herrero contra El Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Avila, aprobando definitivamente la constitución de la Junta de Compensación del barrio Universidad, del Plan General de Avila, así como los proyectos de Estatutos y Bases de Actuación por los que se regirá habiendo comparecido como parte demandada El Ayuntamiento de Avila representado por el Procurador Don Cesar Gutiérrez Moliner y defendido por el Letrado Don Jesús María Sanchidrian Gallego, y como codemandado, la Junta de Compensación Universidad, representada por la procuradora Doña Ana Marta Miguel Miguel y defendida por el letrado Don Jesús del Ojo Carrera.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte demandante se interpuso recurso contencioso administrativo ante esta Sala el día 8 de Abril de 1998.

Admitido a trámite el recurso se dio al mismo la publicidad legal, se reclamó el expediente administrativo; recibido, se confirió traslado al recurrente para que formalizara la demanda, lo que efectuó en legal forma por medio de escrito de fecha 14 de Julio de 1998 que en lo sustancial se da por reproducido y en el que terminaba suplicando se dicte sentencia por la que se declare la nulidad de la resolución recurrida, acordando se inicien los trámites de Constitución d la Junta de Compensación en la forma prevista en el artículo 161 del RGU, retrotrayendo el expediente al momento en que se aprueba inicialmente y se someten a información pública los Proyectos de Estatutos y Bases de Actuación.

SEGUNDO

Se confirió traslado de la demanda por termino legal a la parte demandada quien contestó a la demanda a medio de escrito de 11 de Septiembre de 1998 oponiéndose al recurso solicitando la desestimación del mismo en base a los fundamentos jurídicos que aduce.

TERCERO

Seguidamente se dio traslado de la demanda por término legal a la representación de la Junta de Compensación Universidad quien contestó mediante escrito de 8 de Octubre de 1998 oponiéndose al recurso y solicitando su desestimación, conforme argumenta en el escrito que obra en autos.

CUARTO

Recibido el recurso a prueba se practicó con el resultado que obra en autos, evacuándose por las partes sus respectivos escritos de conclusiones que obran unidos al recurso, señalándose el día 29 de Septiembre de 1999 para votación y fallo, lo que se efectuó. Se han observado las prescripciones legales en la tramitación de este recurso, salvo en lo relativo al plazo para dictar sentencia.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Constituye el objeto del presente procedimiento el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Avila de dos de Febrero de 1998 por el que se aprueba definitivamente la constitución de la Junta de Compensación del Barrio Universidad de Avila, los Estatutos y Bases de actuación por los que se regirá.

Alega el recurrente, en resumen, que el acuerdo recurrido es nulo de pleno derecho al adoptarse sin existir planeamiento en vigor que lo justifique, la existencia de diversos defectos procedimentales que le han generado indefensión , y que se han contravenido los artículos 167.1.a) y 167.1.e) del R.G.U. Argumentos que son rebatidos de contrario por la contraparte.

Como hechos relevantes para el análisis de las cuestiones planteadas conviene reseñar los siguientes:

- El 7 de Noviembre de 1997, por la Comisión de Gobierno del Excmo. Ayuntamiento de AVILA se acordó la aprobación inicial de los Proyectos de estatutos y Bases de Actuación de la denominada Junta de Compensación de la Universidad , lo que se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia el 10 de...

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