STSJ País Vasco , 23 de Junio de 2000

PonenteJOSE ANTONIO ALBERDI LARIZGOITIA
ECLIES:TSJPV:2000:3383
Número de Recurso175/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución23 de Junio de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 175/97 ORDINARIO SENTENCIA NUMERO 703/2000 ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

DON ANGEL RUIZ RUIZ MAGISTRADOS:

DON LUIS A. GARRIDO BENGOECHEA DON JOSE A. ALBERDI LARIZGOITIA En la Villa de BILBAO, a veintitrés de Junio de dos mil. La Sección SEGUNDA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 175/97 y seguido por el procedimiento ORDINARIO, en el que se impugna: la resolución de 28 de noviembre de 1996 de la Subdirección General de Recursos del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, desestimatoria del recurso ordinario interpuesto contra resolución de la Dirección Provincial de Trabajo de Álava de 24 de octubre de 1994, por la que se confirma un acta de infracción de por importe de 500.100 pesetas.

Son partes en dicho recurso:

Como recurrente SERVICIOS A LA EMPRESA, S.L, representado por el Procurador SR.APALATEGUI CARASA y dirigido por el Letrado DON FIDEL ANDRÉS ORTEGA.

Como demandada MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL; DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ALAVA; representado y dirigido por el ABOGADO DEL ESTADO.

Ha sido Magistrado Ponente el Iltmo. Sr. DON JOSE A. ALBERDI LARIZGOITIA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 16 de enero de 1997 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que el Procurador SR.APALATEGUI CARASA actuando en nombre y representación de la mercantil recurrente, interpuso recurso contencioso-administrativo contra la resolución de 28 de noviembre de 1996 de la Subdirección General de Recursos del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, desestimatoria del recurso ordinario interpuesto contra resolución de la Dirección Provincial de Trabajo de Álava de 24 de octubre de 1994, por la que se confirma un acta de infracción de por importe de 500.100 pesetas; quedando registrado dicho recurso con el número 175/97.

La cuantía del presente recurso quedó fijada en 500.100.- ptas.

SEGUNDO

En el escrito de demanda, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se declare nulo y no conforme a derecho la resolución de 28 de noviembre de 1996 de la Subdirección General de Recursos del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, desestimatoria del recurso ordinario interuesto contra la resolución de la Dirección General de Trabajo Álava, confirmatorio del acta de infracción 354/94 (expediente 33782/94), y a la vista de que la mercantil recurrente se vió compelida a consignar provisionalmente en la Tesoreria General de la Seguridad Social la cifra de 500.100.- ptas, se ordene su devolución, más los intereses legales desde la fecha de consignación.

TERCERO

En el escrito de contestación, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el presente recurso.

CUARTO

El procedimiento se recibió a prueba, que se desarrolló con el resultado que obra en autos.

QUINTO

En los escritos de conclusiones, las partes reprodujeron las pretensiones que tenían solicitadas.

SEXTO

Por resolución de fecha 16/06/00 se señaló el pasado día 21/06/00 para la votación y fallo del presente recurso.

SEPTIMO

En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo se interpone por el procurador D. GERMAN APALATEGUI CARASA en nombre y representación de la mercantil SERVICIOS A LA EMPRESA, S.L. contra la resolución de 28 de noviembre de 1996 de la Subdirección General de Recursos del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, desestimatoria del recurso ordinario interpuesto contra resolución de la Dirección Provincial de Trabajo de Álava de 24 de octubre de 1994, por la que se confirma un acta de infracción de por importe de 500.100 pesetas.

La resolución impugnada confirma la anterior que a su vez confirmó el acta de infracción levantada a la recurrente por la comisión de una falta muy grave del artículo 15.3 de la...

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