STSJ Comunidad Valenciana , 2 de Octubre de 2000

PonenteANTONIO MARQUEZ BOLUFER
ECLIES:TSJCV:2000:7295
Número de Recurso376/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 2 de Octubre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.C.V..

Sala de lo Contencioso Administrativo Sección Tercera Asunto n° "ch..376-97 .

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA En la ciudad de Valencia a dos de octubre de dos mil. En la Sección Mercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. D. JOSE BELLMONT MORA, Presidente, D. EDILBERTO NARBON LAINEZ y D. ANTONIO MARQUEZ BOLUFER Magistrados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA N°1450/2000 En el recurso contencioso administrativo n° 376/97 interpuesto por la FEDERACIÓN EMPRESARIAL DE HOSTELERIA de Valencia y provincia, representada por la Procuradora de los Tribunales, Dña. Natalia del Moral Aznar, contra la resolución del Ayuntamiento de Valencia de fecha 27-12-96, del Servicio de Actividades -Sección Espectáculos Públicos, declarando zona acústicamente Saturada (Z.A.S.) a los Barrios San losé y Les Alqueries, habiendo sido parte en los autos como demandado el Ayuntamiento de Valencia, representado por su Abogado; y como codemandada la Asociación de Vecinos del Barrio de San José, representada por el Abogado D. Andrés Morey Navarro y Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. ANTONIO MARQUEZ BOLUFER.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por ley, se emplazó a la demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dictase sentencia estimando la demanda y declarando la nulidad de la resolución impugnada.

SEGUNDO

Por la parte demandada se contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitó se declarase la conformidad a Derecho de la referida resolución impugnada, pronunciándose en el mismo sentido la representación legal de la Asociación de vecinos del Barrio de San losé.

TERCERO

No habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido por el artículo 78 de la Ley de la Jurisdicción y, verificado, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señaló la votación y fallo del recurso para el día 27 de Septiembre de 2000.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La resolución que se recurre en el presente recurso contencioso administrativo, consiste en el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Valencia, en sesión de 27 de Diciembre de 1996, (expediente 1942 de 1996) aprobando la declaración de Zona Acústicamente Saturada (Z.A.S.) por efectos aditivos a diferentes áreas de los Barrios de San José y de Les Alqueries, así como, el Régimen Especial al que quedaban sometidas tales áreas respecto a, limitaciones horarias, sobre instalación de mesas y sillas en la vía publica. Prohibición de instalación, modificación y ampliación de actividades. Prohibición de Actividades Comerciales o Publicitarias en la vía Publica. Otras medidas tendentes a la consecución del nivel de ruido regulado en la Ordenanza de Ruidos y Vibraciones.

SEGUNDO

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