STSJ Comunidad Valenciana , 22 de Febrero de 2000

PonenteFRANCISCO JOSE PEREZ NAVARRO
ECLIES:TSJCV:2000:1378
Número de Recurso1244/1997
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución22 de Febrero de 2000
EmisorSala de lo Social

Recurso contra Sentencia núm. 1244/97 Ilmo. Sr. D. Francisco José Pérez Navarro Presidente Ilmo. Sr. D. Manuel José Pons Gil Ilmo. Sr. D. Jaime Yanini Baeza En Valencia, a veintidós de febrero de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA N° 661 de 2000 En el Recurso de Suplicación núm. 1244/97, interpuesto contra la sentencia de fecha 14 de enero de 1997, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 4 de Valencia, en los autos núm. 10067/95 , seguidos sobre Indemnización por accdte. trabajo, a instancia de D. Jesús Ángel , asistido por la letrada Dª. Aurora Vidal Climent, contra los demandados MUSINI, SOCIEDAD MUTUA DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA asistida por el letrado D. Cesar Llanes Peset y empresa SIDERURGICA DEL MEDITERRANEO, asistida por el letrado D. Benjamín Pérez López, y en los que es recurrente el demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Francisco José Pérez Navarro.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 14 de enero de 1997 dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

"Que debo de estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por D. Jesús Ángel , contra Musini, Sociedad Mutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija, condenando a la citada demandada a abonar al actor la cantidad de 1.247.107 ptas. en concepto de indemnización por los conceptos reclamados, absolviendo a la empresa Siderúrgica del Mediterráneo S.A. de los pedimentos realizados en su contra".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- El actor, D. Jesús Ángel , con Documento Nacional de Identidad N° 19.068.380 ha prestado sus servicios por cuenta de la empresa demandada Siderúrgica del Mediterráneo, S.A. con domicilio en Sagunto, Carretera IV, Km. 3,9, y sufrió en fecha 27 de noviembre de 1990 un accidente de trabajo, consistente en que al levantar una bobina con el puente grúa, se deslizó la última espira golpeándole en la cabeza y originándole un traumatismo cráneo encefálico.- SEGUNDO.- Que la empresa Siderúrgica del Mediterráneo S.A. suscribió, en concepto de mejora voluntaria, con la empresa MUSINI SOCIEDAD MUTUA DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA, desde el año 1978, renovable anualmente, un seguro colectivo de accidentes para su personal, en las condiciones que constan en la póliza núm. 31.000.561, que se dan por aquí por reproducidas en lo que fuera menester, hallándose al corriente en el pago de las primas.- TERCERO.- Que el actor aparece en la relación de asegurados correspondientes al año 1990, con el núm. 207684, figurando como capital en caso de invalidez la suma de 17.815.815 ptas.- CUARTO.- Que reconocido el actor por los servicios de Mapfre, se emitió informe médico en que se recogían como dolencias, que tras el accidente de fecha 26 de noviembre de 1993, en la primavera de 1992 comenzó el actor a notar pérdida de fuerza y sensibilidad en los miembros superiores e inferiores, siendo diagnosticado de hernia discal C3-C4, C4-C5 y C5-C6. Fue el actor intervenido el 22-11-93 practicándosele disectomía C4-C5 y C5-C6, seguida de fusión intersomática. Se observaba la existencia de una buena alineación de somas vertebrales y fusión vertebral C4-C5- C6 con limitación de movilidad cervical en sus últimos grados y reducción del tacto fino en mano izquierda, se apreciaba un menoscabo global del 7%, y aplicado al capital año 1990, se ofreció al actor en fecha 20 de octubre...

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