STSJ Extremadura , 3 de Febrero de 2000

PonenteALFREDO GARCIA-TENORIO BEJARANO
ECLIES:TSJEXT:2000:241
Número de Recurso649/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 3 de Febrero de 2000
EmisorSala de lo Social

Rollo núm. 649/99 -L.- Iltmo. Sr. D. Pedro Bravo Gutiérrez Presidente Iltmo. Sr. D. Alfredo Garcia Tenorio Bejarano Iltmo. Sr. D. Joaquín Cuello Contreras En la Ciudad de Cáceres a tres de febrero de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, compuesta por los Iltmos. Sres.

citados al margen, ha dictado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA Nº 87 En el recurso de suplicación número 649/99 interpuesto por D. LUIS CARLOS MATESANZ SANZ, en representación de D. Alberto , contra la resolución dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de los de CACERES (Autos núm.- 387/99), de fecha 14 de septiembre de 1999 , en autos seguidos a instancia de D. Alberto , contra T.G.S.S., sobre AFILIACION, ha actuado como Ponente el Iltmo. Sr. D. Alfredo Garcia Tenorio Bejarano.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 2 de septiembre de 1999, tuvo entrada en el Juzgado de lo Social de referencia demanda suscrita por el actor en la que se solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio, se dictó sentencia en los términos que se expresan en el Fallo de dicha resolución.

SEGUNDO

En dicha sentencia y como hechos probados se declaraban los siguientes: "

PRIMERO

Con fecha 28.8.97 por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad social se gira visita a la empresa donde el actor prestaba servicios desde el 1.4.97.

SEGUNDO

El actor es pensionista de invalidez permanente absoluta desde 1.989.

TERCERO

Con fecha 2.12.98 el actor presenta parte de baja en el RETA fijando la fecha de la misma el 30.11.97, presentando certificación justificativa emitida por el Alcalde de su localidad en la que manifiesta que el actor cesa en su actividad el día 30.9.97, fecha en la que la Tesorería le da de baja y le devuelve las cuotas que antes le había reclamado.

CUARTO

Con fecha 14.4.99 por parte de la Dirección Provincial de la Seguridad Social de Cáceres se procede a formular su alta de oficio en el RETA con fecha 1-10.97 con fecha de efectos de 1.1.98 y baja en el citado régimen con fecha 31-12-97.

QUINTO

Se ha agotado la vía administrativa.

TERCERO

Contra dicha resolución interpuso recurso de suplicación la parte DEMANDANTE, siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el pase de los mismos al Magistrado Ponente, para su examen y resolución, acordándose así mismo dar traslado de las actuaciones a las partes y al Ministerio Fiscal, a fin de que en el plazo común de tres días, alegasen lo que estimaren procedente sobre la competencia de esta Sala para el conocimiento de la cuestión planteada, formulándose por el Ministerio Fiscal las alegaciones pertinente, así como por la parte recurrida, las cuales constan en el rollo de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

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