STSJ Castilla-La Mancha , 6 de Junio de 2000

PonenteMARIANO MONTERO MARTINEZ
ECLIES:TSJCLM:2000:1883
Número de Recurso1747/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 6 de Junio de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso nº 1747/1997 Cuenca SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección Primera.

Magistrados, Iltmos. Sres.:

D. José Borrego López, Presidente.

D. Mariano Montero Martínez Dª Purificación López Toledo.

S E N T E N C I A Nº

En Albacete, a seis de junio de 2.000.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha los presentes autos, seguidos bajo el número 1747 de 1997 del recurso contencioso-administrativo, seguido a instancia de CORPORACION ALIMENTARIA EUROPEA, S.A., representado por la Procuradora Sra. Vicente Martínez, contra el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, representada y dirigida por el Sr. Abogado del Estado, en materia de reclamación de cantidades por restitución en exportaciones con pago anticipado. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Mariano Montero Martínez.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por la representación procesal de la actora se interpuso en fecha doce de junio de 1.997 recurso contencioso-administrativo contra la resolución del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, de fecha veintiséis de marzo de 1.997, por la que desestimó el recurso ordinario entablado contra Resolución del Director General del Fondo Español de Garantía Agraria de trece de diciembre de 1.996, que acordaba reclamar a la recurrente la cantidad de un millón trescientas veintidos mil ciento diez pesetas, por restituciones a la exportación.

Formalizada demanda, tras exponer los hechos y fundamentos jurídicos que estimó aplicables, terminó solicitando sentencia que declarara la nulidad de las sanciones impuestas y se declare contraria a Derecho la resolución recurrida.

Segundo

Contestada la demanda por la Administración demandada, tras relatar a su vez los hechos y fundamentos jurídicos que entendió aplicables, solicitó una sentencia desestimatoria del recurso.

Tercero

Sin que se acordase el recibimiento del pleito a prueba, al no haberlo solicitado las partes, se reafirmaron las mismas en sus escritos de demanda y contestación, por vía de conclusiones, y se señaló día y hora para votación y fallo, el treinta de mayo de 2000, en que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
Primero

Impugna la actora la resolución del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, de fecha veintiséis de marzo de 1.997, por la que desestimó el recurso ordinario entablado contra Resolución del Director General del Fondo Español de Garantía Agraria de trece de diciembre de 1.996, que acordaba reclamar a la recurrente la cantidad de un millón trescientas veintidos mil ciento diez pesetas, por restituciones a la exportación.

Segundo

Como bien indica la Orden directamente recurrida, emanada de la Excma. Sra. Ministra del ramo, la Dirección General del Fondo Español de Garantía Agraria entiende en su resolución que procede la devolución de las cantidades que el recurrente había percibido, en la modalidad de pago anticipado, por las restituciones a la exportación, en concreto de vino de mesa con destino a Rusia, y con relación a dos expedientes, los seguidos bajo los números 13883/93 y 13882/93, sobre la base principal de que el Documento Unificado Aduanero (en lo sucesivo, DUA) identificado con el número 0812-2-56855, contaba inicialmente con una única partida de orden y finalmente con dos, partida de orden inicial que habría sufrido manipulaciones no autorizadas por la Aduana de Barcelona. Por su parte, alegaba la actora que la pretendida manipulación es de origen desconocido, que en todo caso habría sido salvada posteriormente por la propia Aduana y que resulta incontestable la realidad de la exportación.

Tercero

No debe olvidarse que, la solicitud de una restitución, por incumplimiento de los...

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