STSJ Comunidad de Madrid 8/2010, 17 de Febrero de 2010

PonenteFRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRION
ECLIES:TSJM:2010:7857
Número de Recurso11/2010
ProcedimientoAPELACIÓN
Número de Resolución8/2010
Fecha de Resolución17 de Febrero de 2010
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.10

MADRID

SENTENCIA: 00008/2010

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN DÉCIMA

RECURSO DE APELACIÓN Nº 11/2010

S E N T E N C I A Nº 8/2010

Ilmos. Sres.:

Presidente:

Dª. Mª Del Camino Vázquez Castellanos.

Magistrados:

Dª. Francisca Rosas Carrión.

Dª Emilia Teresa Díaz Fernández

Dª. Mª Jesús Vegas Torres.

En la Villa de Madrid, a 17 de febrero de 2010.

Visto por la Sección Décima de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, constituida por las Magistrados anotadas al margen, el presente recurso de apelación, número 11/2010 de su registro, que ha sido interpuesto por don Benigno, representado y defendido por el Letrado don Silverio Fernández Polanco; por el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, representado y defendido por el Letrado don Ángel Francisco Llamas Jiménez: y por CSI-CSIF, representado y defendido por el Letrado don Víctor Martínez Orostívar; han sido objeto de los recursos la sentencia de fecha de 16 de diciembre de 2008 y el auto aclaratorio de 25 de mayo de 2009, dictados ambos por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo 6 de Madrid, en los autos de procedimiento abreviado tramitados con el número 910/06 de su registro.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 6 de Madrid, don Benigno interpuso recurso contencioso administrativo contra la desestimación por silencio administrativo del recurso de alzada formulado contra el acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Alcalá de Henares con fecha de 1 de febrero de 2006, de la reclamación formulada contra el Acuerdo del Tribunal Calificador publicado el 7 de abril de 2006, y del recurso de alzada interpuesto contra a la prueba de conocimientos celebrada el día 4 de abril de 2006.

Por sentencia de 16 de diciembre de 2008 se estimó el recurso contencioso administrativo, anulándose la actuación administrativa impugnada. Por auto aclaratorio de 25 de mayo de 2009, se desestimaron los demás pedimentos de la demanda.

SEGUNDO

Notificados la referida sentencia y auto a las partes, el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, CSI-CSIF y don Benigno formularon recursos de apelación, de los que, una vez admitidos a trámite, se dio traslado a las respectivas partes apeladas para que en el plazo de quince días formalizaran su oposición. Don Jacinto también ha presentado escrito de impugnación al recurso de don Benigno .

TERCERO

Remitidos los autos y el expediente administrativo a la Sala, el recurso fue repartido a la Sección Décima y, no habiéndose solicitado el recibimiento de la apelación a prueba, ni la celebración de vista o la presentación de conclusiones, se señaló para deliberación y fallo el día 10 de febrero de 2010, fecha en que tuvo lugar con observancia en su tramitación de las reglas establecidas por la Ley.

Ha sido Magistrado Ponente doña Francisca Rosas Carrión, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Don Benigno, el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, y CSI-CSIF han interpuesto recursos de apelación contra la sentencia dictada en fecha de 16 de diciembre de 2008 y el auto aclaratorio dictado en fecha de 25 de mayo de 2009, por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo 6 de Madrid, en los autos de procedimiento abreviado tramitados con el número 910/06 de su registro.

La sentencia apelada estimó el recurso contencioso administrativo interpuesto por don Benigno contra las siguientes actuaciones del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, que declaró contrarias a Derecho, anulándolas:

1) Desestimación por silencio administrativo del recurso de alzada interpuesto contra el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 1 de febrero de 2006, mediante la que se dejó sin efecto la convocatoria de 10 plazas de Cabo de la Policía Local, correspondientes a la Oferta de empleo público de 2004, se modificaron las Bases Específicas publicadas en el B. O. C. M. de 2 de febrero de 2005, y se acordó la apertura de un nuevo período para presentación de instancias.

2) Desestimación por silencio administrativo de la reclamación formulada por don Benigno frente al Acuerdo del Tribunal Calificador publicado el 7 de abril de 2006, sobre relación de aspirantes que habían superado la prueba de conocimientos de la fase de oposición del citado proceso selectivo, sin que apareciese su nombre.

3) Desestimación por silencio administrativo del recurso de alzada interpuesto frente a la prueba de conocimientos celebrada el día 4 de abril de 2006, de la fase de oposición del citado proceso selectivo.

El auto de 25 de mayo de 2009 completó los fundamentos jurídicos de la sentencia y desestimó las demás pretensiones de la demanda; tales eran, en concreto y con carácter principal, que se ordenara al Ayuntamiento de Alcalá de Henares a seguir con el proceso selectivo iniciado con las bases específicas de 28 de diciembre de 2004 y la convocatoria de 9 de febrero de 2009, solamente con los aspirantes que hubieran presentado sus solicitudes en el plazo indicado por esta última y de acuerdo con las referidas bases; y con carácter subsidiario que se ordenara la repetición del ejercicio práctico de la prueba de conocimiento con las debidas condiciones de anonimato y con un nuevo tribunal calificador.

SEGUNDO

Por razones de orden expositivo, expondremos a continuación los presupuestos de hecho que consideramos definitivamente fijados en el proceso, significando que la Sala acepta los hechos que la sentencia apelada declara acreditados porque no han sido objeto de controversia en esta instancia; no obstante, añadiremos algunos otros que consideramos relevantes para la resolución de las cuestiones planteadas en el presente recurso de apelación, de manera que, bien por tratarse de hechos admitidos por las partes, bien por resultar su justificación del expediente administrativo y de la prueba practicada en la instancia, consideramos como presupuestos fácticos de las cuestiones litigiosas los siguientes:

  1. - Don Benigno, ingresó en el Cuerpo de Policía Local de Alcalá de Henares el 21 de enero de 1994. 2.- Mediante acuerdo plenario de 15 de junio de 2004, el Ayuntamiento de Alcalá de Henares aprobó la Oferta de Empleo Público para el ejercicio del año 2004. Dicho acuerdo se publicó en el B.O. C.M. de 16 de julio de 2004 .

  2. - El acuerdo de la Junta de Gobierno Local adoptado con fecha de 7 de septiembre de 2004, aprobó las bases generales que habían de regir los procesos selectivos correspondientes a la precitada Oferta de Empleo Público para el año 2004. Dicho acuerdo se publicó en el B.O. C.M. de 6 de octubre de 2004 .

  3. - Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 28 de diciembre de 2004, se aprobaron "las bases específicas para la selección de plazas de personal funcionario, grupo D, nivel complemento destino 18, escala ejecutiva de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, clase Policía Local, denominación cabo, número de plazas 10. Procedimiento de selección de concurso-oposición (promoción interna), correspondiente a la Oferta de Empleo Público del año 2004". Dicho acuerdo se publicó en el B.O. C.M. de 3 de febrero de 2005 .

    A los efectos que interesan al caso, en las bases específicas de la convocatoria constaba lo siguiente:

    - Punto 7.3: "en la corrección y calificación de los ejercicios escritos deberá garantizarse, siempre que sea posible, el anonimato de los aspirantes".

    Punto 9.2.3: " Prueba de conocimientos: estará integrada por dos exámenes que se realizarán sucesivamente. El primero consistirá en la contestación a un caso práctico, relacionado con las funciones a desarrollar, que se contestará por escrito en un plazo máximo de treinta minutos. El segundo consistirá en desarrollar por escrito, durante un periodo máximo de dos horas, un test de 100 preguntas relacionadas con los temas del anexo IV."

  4. - En el B.O.E. de 24 de febrero de 2005, se publicó la resolución adoptada por el Ayuntamiento de Alcalá de Henares en fecha de 9 de febrero de 2005, de publicación de la convocatoria del citado proceso selectivo, señalándose lo siguiente:

    En el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 28, de 3 de febrero de 2005, aparecen publicadas las bases específicas de la convocatoria mediante concurso-oposición, promoción interna, para la cobertura de plazas de personal funcionario de carrera, Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Escala Ejecutiva, categoría Cabo, número de plazas 10.

    El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente en el que aparezca inserto el presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

  5. - En el B.O. C.M. de 4 de marzo de 2005 se publicó una modificación de las bases específicas aprobadas por la resolución de 28 de diciembre de 2004, referida a los derechos de examen. En el B.O.E. de 21 de marzo de 2005, se publicó una modificación de la resolución de 9 de febrero de 2005, ampliándose el plazo de presentación de instancias.

  6. - El 16 de marzo de 2005, don Benigno presentó solicitud para tomar parte en la convocatoria para la selección de plazas de personal funcionario, grupo D, nivel complemento destino 18, escala Ejecutiva de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, clase Policía Local, denominación cabo, número de plazas diez, correspondiente a la oferta de empleo público de 2004.

    No consta acreditado que se hubiese dictado ni publicado resolución relativa a la lista provisional de admitidos y excluidos con anterioridad al día 1 de febrero de 2006.

  7. - La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, en sesión ordinaria de fecha de 1 de febrero de 2006 adoptó el acuerdo de aprobar la siguiente propuesta de la Concejal de Personal, Turismo,...

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