STSJ Castilla-La Mancha 25/2010, 9 de Febrero de 2010
Ponente | JOSE BORREGO LOPEZ |
ECLI | ES:TSJCLM:2010:208 |
Número de Recurso | 74/2009 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 25/2010 |
Fecha de Resolución | 9 de Febrero de 2010 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.CAST.LA MANCHA CON/AD SEC.1
ALBACETE
SENTENCIA: 00025/2010
Recurso de Apelación nº 74/09
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Cuenca
SALA DE LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO. SECCIÓN 1ª
Iltmos. Sres.:
Presidente:
D. José Borrego López
Magistrados:
D. Mariano Montero Martínez
D. Manuel José Domingo Zaballos
D. Ricardo Estévez Goytre
S E N T E N C I A Nº 25
En Albacete, a nueve de Febrero de dos mil diez.
Vistos por la Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, el recurso de apelación interpuesto por DON Amadeo, representado por el Procurador Don Gerardo Gómez Ibáñez, contra la Sentencia nº 376/08, de fecha 18 de Diciembre de 2008, dictada por el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo nº 1 de Cuenca, en el procedimiento ordinario nº 576/07, y como parte apelada, AYUNTAMIENTO DE OLMEDA DEL REY, representado por el Procurador Don Francisco Ponce Riaza y DON Cornelio, representado por la Procuradora Doña Pilar González Velasco. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. José Borrego López, Magistrado Especialista de lo Contencioso-Administrativo.
DE HECHO
Dicho Juzgado dictó Sentencia con la siguiente parte dispositiva: "Que desestimando el recurso contencioso- administrativo interpuesto por D. Amadeo, contra la resolución del Ayuntamiento de Olmeda del Rey de fecha 6-IX- 07, debo declarar y declaro ajustada a Derecho la resolución impugnada, con las precisiones establecidas en el FD 4º de la presente resolución; todo ello sin costas".
Notificada la resolución a las partes interesadas, la parte demandante interpuso recurso de apelación dentro de plazo. Admitido a trámite por el Juzgado, se dio traslado a la parte demandada y codemandada para que hiciesen alegaciones, trámite que cumplimentaron en legal forma.
Elevados los autos y el expediente administrativo, en unión de los escritos presentados, se formó el correspondiente rollo de apelación. No habiéndose solicitado por las partes personadas la celebración de vista, ni considerándose necesaria la misma por este Tribunal, se señaló para votación y fallo el día 08 de Febrero de 2010, en que tuvo lugar.
Único.- Debemos proceder a la desestimación del presente recurso de apelación por las siguientes razones jurídicas, a saber: a)...
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STS, 29 de Noviembre de 2012
...del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, de fecha 9 de febrero de 2010, dictada en el recurso de apelación nº 74/09 , interpuesto contra Sentencia de 18 de diciembre de 2008, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Cuenca en el procedimiento ordinario......